Sociedad Agrícola Allende Herrera Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $162.967.586 CLP
- Domicilio
- La Sociedad tendrá por
Objeto social
Uno) La explotación silvoagropecuaria de predios agrícolas propios, arrendados, tomados en mediería, aparcería o usufructo; Dos) La compra y venta, adquisición, enajenación, representación, agencia, administración, distribución, consignación, promoción y comercialización de todo tipo de ganado y productos agrícolas y frutícolas. Además, la sociedad podrá realizar toda clase de operaciones y actos que estén en directa o indirectamente relacionados con lo anterior, como así mismo, toda clase de actos de comercio, sean o no de los rubros ya mencionados, y en general, todas aquellas operaciones que los socios acuerden y que sean convenientes para los intereses sociales; Tres) La representación de firmas nacionales o extranjeras, la asociación con otras empresas agrícolas o ganaderas chilenas o extranjeras, la importación, exportación, comercialización, corretaje y producción de toda clase de frutas, ganados, mercaderías, objetos, materias primas y productos elaborados o semi elaborados, incluyendo expresamente la comercialización de maquinarias, insumos y productos agrícolas en general
Administración
La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles. El Directorio durará por un período de cinco años, al final del cual todos sus miembros cesarán en sus funciones, sin perjuicio de que la Junta De Accionistas pueda designar indefinidamente a uno o más de ellos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la 10º Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1235, local 2, piso 1 y 2, certifica que: Por escritura pública de fecha 14/05/2019, ante mí: Don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON, chileno, casado, agrónomo, cédula nacional de identidad número 7.150.769-6 y doña MARÍA PAULINA HERRERA ESPINOSA, chileno, casado, empresaria, cédula nacional de identidad número 6.633.336-1, ambos domiciliados para estos efectos, Fundo La Campana, Comuna de La Sagrada Familia, Región del Maule, de paso en ésta; modificaron y transformaron SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, cuyo extracto se inscribió a fojas 309 vta. Nº 275 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 1999, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 09 de octubre de 1999. 2.- De conformidad con los estatutos vigentes de la sociedad, sus actuales y únicos socios son: I) don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON, con un 99% de los derechos sociales; y doña MARÍA PAULINA HERRERA ESPINOSA, con un 1% de los derechos sociales. 3.- a) Don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON, con el expreso consentimiento de su consocio, aporta en dominio la totalidad de sus Derechos y Haberes Sociales en SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, que alcanzan al 99% de éstos, a la sociedad “RAL SpA”, equivalente un 99% de participación en el capital social, corresponde a la suma de $161.337.910.-, valor que se ciñe estrictamente al capital de la Sociedad, revalorizado según el Balance General del año comercial dos mil 2018 correspondiente al año tributario 2019; b) Doña MARÍA PAULINA HERRERA ESPINOSA, con el expreso consentimiento de su consocio, aporta en dominio la totalidad de sus Derechos y Haberes Sociales en SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, que alcanzan un 1% de ésta, a la sociedad “POMPA SpA”, de la cual es única accionista, equivalente al 1 % de participación en el capital social, corresponde a la suma de $1.629.676.-, valor que se ciñe estrictamente al capital de la Sociedad, revalorizado según Balance General del año comercial 2018 correspondiente al año tributario 2019. 4.- Como consecuencia de las cesiones contenidas en la cláusula anterior, se retiran de la SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, por una parte, don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON y doña MARÍA PAULINA HERRERA ESPINOSA; y por la otra los socios que en ella permanecen, declaran que nada se adeudan entre sí, otorgándose en consecuencia el más amplio, total y recíproco finiquito, el cual comprende y abarca todos los derechos y obligaciones que se generaron o pudieron generarse con ocasión del pacto social. 5.- Los únicos y actuales socios de la SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, pasan a ser: uno/ “RAL SpA”, con un 99% de los derechos sociales; dos/ “POMPA SpA”, con un 1 % de los derechos sociales. 6.- Por el presente acto, los actuales y únicos socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA LIMITADA, acuerdan modificar dicha empresa de Responsabilidad Limitada, transformándola en una Sociedad Anónima, cuyos estatutos extractados son del siguiente tenor: NOMBRE.”SOCIEDAD AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA S.A.”, pudiendo usar el nombre de fantasía “AGRÍCOLA ALLENDE HERRERA S.A.” y “Pheral S.A”. DOMICILIO. La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La explotación silvoagropecuaria de predios agrícolas propios, arrendados, tomados en mediería, aparcería o usufructo; Dos) La compra y venta, adquisición, enajenación, representación, agencia, administración, distribución, consignación, promoción y comercialización de todo tipo de ganado y productos agrícolas y frutícolas. Además, la sociedad podrá realizar toda clase de operaciones y actos que estén en directa o indirectamente relacionados con lo anterior, como así mismo, toda clase de actos de comercio, sean o no de los rubros ya mencionados, y en general, todas aquellas operaciones que los socios acuerden y que sean convenientes para los intereses sociales; Tres) La representación de firmas nacionales o extranjeras, la asociación con otras empresas agrícolas o ganaderas chilenas o extranjeras, la importación, exportación, comercialización, corretaje y producción de toda clase de frutas, ganados, mercaderías, objetos, materias primas y productos elaborados o semi elaborados, incluyendo expresamente la comercialización de maquinarias, insumos y productos agrícolas en general. CAPITAL: $162.967.586.- dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito, enterado y revalorizado, de la siguiente manera: La accionista “POMPA SpA”, representada legalmente por doña MARÍA PAULINA HERRERA ESPINOSA, paga diez acciones por un valor de $1.629.676.- del capital social; el accionista “RAL SpA”, representada legalmente por don JOAQUÍN RAÚL ALEJANDRO ALLENDE LEYTON, paga novecientas noventa acciones, por un valor de $161.337.910.- De conformidad con lo anterior, el entero del capital social tiene su origen en el capital pagado y revalorizado de la sociedad que antecede a esta sociedad, correspondientes al capital revalorizado de constitución de la Sociedad. Así, el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros reelegibles. El Directorio durará por un período de cinco años, al final del cual todos sus miembros cesarán en sus funciones, sin perjuicio de que la Junta De Accionistas pueda designar indefinidamente a uno o más de ellos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de mayo de 2019.