RUIZ JARA MELO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de marzo de 2019
- Notario
- SAMY HAWA ARELLANO
- Domicilio
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSAMY HAWA ARELLANO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMON GARCIA CARRASCO, domiciliado en Rengo 444 de la ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2019, otorgada ante el Titular de este Oficio, comparecieron; RODRIGO ALEJANDRO RUIZ GODOY, abogado, domiciliado en Aníbal Pinto 266, Ed. A, Oficina 202, Concepción; TATIANA ALEJANDRA JARA MELO, abogado y PEDRO HERNAN ANSELMO JARA LAVIN, instrumentista industrial, ambos con domicilio en Obispo Manuel Alday 258, Lonco Alto, Chiguayante; modificó sociedad “RUIZ JARA MELO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida escritura pública de 20/06/2012, ante el Notario Público de Concepción, don Ramón García Carrasco, inscrita en el Registro de Comercio de Concepción de 2012, a fojas 1.662 N° 1.540, publicada Diario Oficial el 11/07/2012. RUT es 76.225.071-3.- siguiente sentido: RODRIGO ALEJANDRO RUIZ GODOY vende, cede y transfiere la totalidad de su participación en la sociedad a PEDRO HERNAN ANSELMO JARA LAVIN, en tres millones de pesos; y TATIANA ALEJANDRA JARA MELO vende, cede y transfiere el 50% de su participación en la sociedad a PEDRO HERNAN ANSELMO JARA LAVIN, por $1.500.000, todos los precios pagados en este acto y dinero efectivo. Queda integrada por TATIANA ALEJANDRA JARA MELO con el 25% de los derechos sociales y PEDRO HERNAN ANSELMO JARA LAVIN con el 75% de los derechos sociales. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a TATIANA ALEJANDRA JARA MELO. Se modifica la Razón Social, en el sentido que se denominará “JARA MELO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”.- Escritura modificatoria es parte integrante escritura constitutiva. Demás cláusulas no modificadas se mantienen vigentes. Concepción, mayo 16 de 2019.