MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria Fray Martín Limitada

RUT 76908569-6 CVE 1592384
Capital
$51.871.911 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2019
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Domicilio
43° Notarí a de Santiago

Sociedad

Capital
$51.871.911 CLP
Domicilio
Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo primero de sus estatutos, relativo a la razón social y domicilio de la Sociedad, en el sentido que en adelante el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo segundo de los estatutos sociales, otorgando un nuevo objeto a la Sociedad. En consecuencia, acordaron reemplazar el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la Sociedad será: a) Desarrollar toda clase de negocios inmobiliario, pudiendo al efecto, comprar, vender, lotear, subdividir, construir, arrendar, y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, y bajo cualquier modalidad, toda clase de bienes raíces y edificaciones; b) Arrendar, subarrendar o cualquier otra forma de cesión de bienes inmuebles amoblados y)o inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial, industrial o agrícola, entre otras; c) Efectuar, inversiones mobiliarias e inmobiliarias; formar, constituir e integrar sociedades, empresas, asociaciones, o corporaciones, de cualquier naturaleza; y d) En general, la realización de cualquier acto civil o comercial necesario para el adecuado desarrollo de los fines sociales.”

Administración

Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, otorgando una nueva estructura de poderes de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular de la 43° Notarí a de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2019, ante mí, Fernando Izquierdo Menéndez, Ida Ester Etchebarne Jaime, María de los Ángeles Izquierdo Etchebarne, Fernando José Izquierdo Etchebarne, Juan Agustín Izquierdo Etchebarne, Francisco Izquierdo Etchebarne y Cristián Tomás Izquierdo Etchebarne, todos domiciliados en calle Alonso de Córdova N° 4.355, oficina 1104, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inmobiliaria Fray Martín Limitada”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 132 número 83 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2018, en los siguientes términos y condiciones: (i) Donación de derechos sociales. Uno. Por escritura pública de fecha 24 de abril de 2019 otorgada en esta Notaría, Fernando Izquierdo Menéndez donó en partes iguales a cada uno de sus hijos María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, en forma irrevocable y gratuita, la totalidad de sus derechos sociales de que era titular en la Sociedad, ascendentes aproximadamente al 59,76% del capital y fondos sociales, correspondiéndole a cada uno de ellos un 11,952% de los derechos sociales en la Sociedad. Como consecuencia de la donación referida, Fernando Izquierdo Menéndez se retiró de la Sociedad. Dos. Por escritura pública de fecha 24 de abril de 2019 otorgada en esta Notaría, Ida Ester Etchebarne Jaime donó en partes iguales a cada uno de sus hijos María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en forma irrevocable y gratuita, la totalidad de sus derechos sociales de que era titular en la Sociedad, ascendentes aproximadamente al 39,24% del capital y fondos sociales, correspondiéndole a cada uno de ellos un 7,848% de los derechos sociales en la Sociedad. Como consecuencia de la donación referida, Ida Ester Etchebarne Jaime se retiró de la Sociedad. (ii) Distribución del capital y modificación de los estatutos. Como consecuencia de las donaciones efectuadas por Fernando Izquierdo Menéndez e Ida Ester Etchebarne Jaime, el capital de la Sociedad, ascendente a $51.871.911, se distribuye en la proporción de un 20% para cada uno de los socios María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne. En virtud de lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $51.871.911, que los socios han aportado y enterado con anterioridad a este acto, a entera satisfacción de la sociedad en la proporción de un 20% para cada uno de los socios doña María de los Ángeles, don Fernando José, don Juan Agustín, don Francisco y don Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”. (iii) Modificación del domicilio. Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo primero de sus estatutos, relativo a la razón social y domicilio de la Sociedad, en el sentido que en adelante el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. En virtud de lo anterior, los actuales socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo primero del estatuto por el siguiente: “PRIMERO: El nombre de la sociedad es “Inmobiliaria Fray Martín Limitada” y su domicilio la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero.”. (iv) Modificación de la administración. Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, otorgando una nueva estructura de poderes de administración. En consecuencia, acordaron reemplazar el artículo tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “TERCERO: La administración y uso de la razón social corresponderá a las personas y en la forma que se indica a continuación, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades: i) actuando conjuntamente dos cualquiera de los señores don Fernando Izquierdo Menéndez, doña Ida Ester Etchebarne Jaime, don Fernando José Izquierdo Etchebarne, doña María de Los Ángeles Izquierdo Etchebarne, don Juan Agustín Izquierdo Etchebarne, don Francisco Izquierdo Etchebarne, don Cristián Tomás Izquierdo Etchebarne o don José Tomás Edwards Alcalde; o ii) conjuntamente uno cualquiera de los señores don Jaime Andrés Herrera Sanfuentes o don Matías Abogabir Méndez con uno cualquiera de los señores individualizados en el número i) anterior. Los mandatarios, actuando en la forma antes señalada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con las facultades señaladas en el artículo cuarto siguiente del estatuto social.”. (v) Modificación del objeto. Los comparecientes María de los Ángeles, Fernando José, Juan Agustín, Francisco y Cristián Tomás, todos de apellidos Izquierdo Etchebarne, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el artículo segundo de los estatutos sociales, otorgando un nuevo objeto a la Sociedad. En consecuencia, acordaron reemplazar el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la Sociedad será: a) Desarrollar toda clase de negocios inmobiliario, pudiendo al efecto, comprar, vender, lotear, subdividir, construir, arrendar, y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, y bajo cualquier modalidad, toda clase de bienes raíces y edificaciones; b) Arrendar, subarrendar o cualquier otra forma de cesión de bienes inmuebles amoblados y/o inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial, industrial o agrícola, entre otras; c) Efectuar, inversiones mobiliarias e inmobiliarias; formar, constituir e integrar sociedades, empresas, asociaciones, o corporaciones, de cualquier naturaleza; y d) En general, la realización de cualquier acto civil o comercial necesario para el adecuado desarrollo de los fines sociales.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de mayo de 2019.