COMPAÑÍA DE PETRÓLEOS DE CHILE COPEC S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2019
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Que en Décima Junta General Extraordinaria de Accionistas de COMPAÑÍA DE PETRÓLEOS DE CHILE COPEC S.A., celebrada con fecha 24 de abril de 2019, cuya acta se redujo a escritura pública, ante mí, con fecha 7 de mayo de 2019, se modificaron los estatutos de la sociedad indicada precedentemente, acordando ampliar el objeto social, para lo cual se sustituye el “Artículo Tercero” permanente de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será: a) Investigar, explorar, industrializar, internar, importar, exportar, elaborar, refinar, mezclar, envasar, almacenar, transportar, comprar, vender, distribuir y, en general, comercializar, por cuenta propia o ajena, hidrocarburos, sus derivados y compuestos directos o indirectos, incluidos los lubricantes, aditivos, mezclas, combinaciones y sustitutos; productos químicos de cualquiera otra naturaleza, todo tipo de servicios relacionados a los combustibles, lubricantes o relacionados a estos o la distribución de los mismos, servicios relacionados a la carga eléctrica o electromovilidad en general, incluida la carga eléctrica en sí misma, ya sea en espacios públicos o privado, a través de electrolineras o carga eléctrica industrial o domiciliaria, y en general la comercialización o suministro de toda fuente de energía susceptible de aprovechamiento industrial, comercial o doméstico; b) Importar, exportar, comprar, vender, distribuir y, en general, comercializar, por cuenta propia o ajena, vehículos motorizados y maquinarias, elementos, equipos, y demás artículos para fines agrícolas, mineros, pesqueros, industriales, comerciales, de computación electrónica y de uso doméstico, sus accesorios y repuestos; c) Comprar, fabricar, transformar, industrializar, vender, distribuir y comercializar bienes muebles ya sea en tiendas de conveniencia o a través de cualquier otro tipo de canal, tales como comercio electrónico o aplicaciones móviles, en especial de productos alimenticios y bebidas, abarrotes, vestuario, accesorios u cualquier otro tipo de productos u objeto, de cualquier clase u origen; d) Adquirir, administrar, manejar y explotar, por cuenta propia o ajena, bienes inmuebles en general; desarrollar negocios inmobiliarios y la industria de la construcción de bienes inmuebles por adherencia, como edificios, caminos, puentes, canales, desagües, instalaciones industriales y otros similares, y la producción e instalación de bienes e implementos para dicha industria; e) El transporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial, por cuenta propia o ajena y la realización, por cuenta propia o ajena, de operaciones y actividades portuarias, comprendiéndose dentro de ellas, especialmente, labores de muellaje, lanchaje, movilización de carga, almacenaje, estiba y desestiba de naves y aeronaves, y la promoción, desarrollo y explotación de hoteles, paradores y restaurantes en caminos y carreteras; f) Fabricar, distribuir y comercializar, en general, envases de todo tipo; y g) Desarrollar para uso propio o prestar servicios a terceros en los campos de la administración, organización de empresas, de estudios de mercado, de factibilidad, de ingeniería, contabilidad, financieros, legales, comerciales, operacionales de la informática, computacionales, publicitarios, de marketing y medios de pagos. Prestar, asimismo, servicios de reclutamiento, selección, contratación, capacitación, entrenamiento y administración de personal, incluidos seminarios y consultorías en todas las áreas señaladas; y la prestación de servicios a terceros en el campo de los recursos humanos y técnicos; proporcionar personal temporal y/o de reemplazo y servicios compartidos de outsourcing. La sociedad podrá desarrollar su objeto directa o indirectamente, a través de inversiones y/o participaciones en sociedades de cualquier naturaleza. Realizar todo tipo de inversiones en empresas, aplicaciones, tecnologías o industrias relacionadas o no con el giro antes descrito.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 7 mayo 2019.- Alejandro Américo Alvarez Barrera N.P.S.