CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MÉDICA PUGIN GIACAMAN LIMITADA

CVE 1591991
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de mayo de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2019
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas de Talcahuano

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de CONCEPCIÓN
Duración
La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO

Objeto social

El objeto social será: a) La prestación de los servicios profesionales en las diversas ramas y)o especialidades de la medicina, sea que se presten en forma directa o indirecta en forma individual y)o grupal a particulares, a beneficiarios de Isapres, o de organismos del sector público, municipal, o privado, en consultas privadas, clínicas, u hospitales públicos o privados; b) La prestación de servicios de profesionales paramédicos, enfermeras, matronas, dentistas o de cualquier otro profesional del área de la salud; c) La explotación, administración y dirección económica, técnica y médica sea por cuenta propia o ajena, de centros médicos, clínicas, laboratorios, centros de diálisis, casas de reposo, casas geriátricas, asilos y de cualquier otro establecimiento relacionado con la medicina; y d) Cualquier otra actividad que acordaren los socios relacionado con los servicios médicos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177 Local G 103, Boulevard Mall Plza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí, don JULIO FERNANDO PUGIN GIACAMAN, domiciliado en Chiguayante, Camino a la Cantera N° 595, Villuco; y don RODRIGO FELIPE PUGIN GIACAMAN, domiciliado en Concepción, calle Gorostiaga N° 1390, Los Lirios; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: La razón social será "SOCIEDAD MÉDICA PUGIN GIACAMAN LIMITADA", pudiendo actuar o funcionar, con el nombre de fantasía de “SERVICIOS MÉDICOS HALLUX LIMITADA”, pudiendo sustituir en el nombre social o de fantasía la palabra Limitada por su abreviatura Ltda..- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de CONCEPCIÓN, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional.- OBJETO: El objeto social será: a) La prestación de los servicios profesionales en las diversas ramas y/o especialidades de la medicina, sea que se presten en forma directa o indirecta en forma individual y/o grupal a particulares, a beneficiarios de Isapres, o de organismos del sector público, municipal, o privado, en consultas privadas, clínicas, u hospitales públicos o privados; b) La prestación de servicios de profesionales paramédicos, enfermeras, matronas, dentistas o de cualquier otro profesional del área de la salud; c) La explotación, administración y dirección económica, técnica y médica sea por cuenta propia o ajena, de centros médicos, clínicas, laboratorios, centros de diálisis, casas de reposo, casas geriátricas, asilos y de cualquier otro establecimiento relacionado con la medicina; y d) Cualquier otra actividad que acordaren los socios relacionado con los servicios médicos.- CAPITAL: $5.000.000.-, que se aporta de la siguiente forma: a) el socio Julio Fernando Pugin Giacaman, aporta $3.000.000.-, equivalente al 60% del capital social, que se entera y paga en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social, b) el socio Rodrigo Felipe Pugin Giacaman, aporta $2.000.000.-, equivalente al 40% del capital social, que se entera y paga en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social.- RESPONSABILIDAD SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- DURACIÓN: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio Julio Fernando Pugin Giacaman, quien la ejercerá personalmente o por mandatario, con las facultades señaladas en escritura. Se faculta para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 15 de Mayo de 2019.