SOCIEDAD DE SERVICIOS INTEGRALES GRUPO BARI SALUD SpA
Instrumento
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- 49ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Para todos los efectos de la presente constitución de empresa la constituyente y administrador fijan el domicilio en la ciudad de Santiago. CUARTO:
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Objeto social
El objeto de la sociedad por acciones (Spa) será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos, como también podrá realizar la prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y)o Estética, peluquerías o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza o relacionados ya sea directa o indirectamente con la actividad, además podrá realizar por cuenta propia o de terceros la instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización, para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, Isapres y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; todo lo relacionado en la actualidad y en el futuro, de cualquier manera, con lo anterior; y cualquier otro objeto que acordaren los
Administración
La representación legal y el uso de la razón social corresponderá a don PEDRO PABLO BLANCO GARCIA, que es designado también como Gerente General de la sociedad. Como administrador social es designada Doña MARIANELLA TRINIDAD RIVERO BAYONE, quien actuará en nombre de la sociedad y la representará dentro de las atribuciones propias de su cargo. 17 Abril 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público de la 49ª Notaría de Santiago, Paseo Phillips 451, OF. 1905, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí,MARIANELLA TRINIDAD RIVERO BAYONE, venezolana, empresario, casada con separación total de bienes, cedula nacional de identidad número veinticinco millones trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos veintinueve guion cuatro, con domicilio en calle Manuel Antonio Tocornal numero trescientos cincuenta y nueve, piso nueve departamento novecientos ocho, comuna de Santiago, Región metropolitana; y Don PEDRO PABLO BLANCO GARCIA, chileno, empresario, Casado con separación total de bienes, cedula nacional de identidad número veintitrés millones quinientos noventa y tres mil novecientos cincuenta y cuatro guion uno, domicilio en Manuel Antonio Tocornal numero trescientos cincuenta y nueve, piso nueve, departamento novecientos ocho, comuna de Santiago, Región metropolitana; quienes acreditaron su identidad con su respectiva cédula de identidad y exponen: PRIMERO: NOMBRE: Que por el presente acto, los comparecientes constituyen una “SOCIEDAD DE SERVICIOS INTEGRALES GRUPO BARI SALUD SPA” o “GRUPO BARI SALUD SPA” de conformidad con las normas de la Ley 19.857 y de lo indicado en la calidad de supletorias por el Código de Comercio.- SEGUNDO OBJETO: El objeto de la sociedad por acciones (Spa) será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos, como también podrá realizar la prestación de servicios de cuidado corporal, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamientos, de baños sauna, Centros de Gimnasia y/o Estética, peluquerías o similares; comprar, vender, importar o producir artículos de belleza o relacionados ya sea directa o indirectamente con la actividad, además podrá realizar por cuenta propia o de terceros la instalación, desarrollo, dar y tomar en arrendamiento laboratorios químicos, bioquímicos, médicos, nucleares y de todo orden; la explotación, en general, de todos los negocios que se relacionan con la industria de productos químicos, medicamentos, drogas, equipos, artefactos, elementos, repuestos y otros de instrumentos médicos, sea mediante la fabricación de dichos productos, sea por medio de la importación, exportación, distribución, venta o reventa de los mismos, o por ejercicio de representaciones de fábricas o comerciantes del giro, como igualmente por la prestación de toda clase de servicios a terceros; la realización, para particulares, empresas, organismos, hospitales, clínicas, centros de salud y de gerontología, geriatría, Isapres y otros, de toda clase de exámenes médicos; dar cursos de perfeccionamiento; todo lo relacionado en la actualidad y en el futuro, de cualquier manera, con lo anterior; y cualquier otro objeto que acordaren los socios.-TERCERO: DOMICILIO:Para todos los efectos de la presente constitución de empresa la constituyente y administrador fijan el domicilio en la ciudad de Santiago. CUARTO: DURACIÓN: La Sociedad comenzara a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. QUINTO CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal correspondiente a cada socio el cincuenta por ciento del capital constituido en sus aportes. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. -SEXTO. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La representación legal y el uso de la razón social corresponderá a don PEDRO PABLO BLANCO GARCIA, que es designado también como Gerente General de la sociedad. Como administrador social es designada Doña MARIANELLA TRINIDAD RIVERO BAYONE, quien actuará en nombre de la sociedad y la representará dentro de las atribuciones propias de su cargo. 17 Abril 2019.