MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Rentas Inmobiliarias Fénix SpA

RUT 76697282-9 CVE 1592262
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago certifico que por escritura pública de fecha 24 de abril de 2019, otorgada ante mí, Fondo de Inversión Security Rentas Inmobiliarias I, acordó en su calidad de único accionista de Rentas Inmobiliarias Fénix SpA, según consta en registro de accionistas que he tenido a la vista; (i) aumentar el capital social de $100.000, dividido en 10 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y a pagadas,a la suma de $4.956.575.248, dividido en 495.657 de acciones de iguales características, mediante la emisión de 495.647 acciones de pago representativas de la cantidad de $4.956.475.248, las que fueron suscritas y pagadas en la fecha de la referida escritura por Fondo de Inversión Security Rentas Inmobiliarias I, mediante el aporte de dinero efectivo. Se sustituyó el Artículo Quinto de los estatutos sociales.Adicionalmente se modificó el Artículo Primero Transitorio; y (ii) Modificar el objeto social, sustituyendo el Artículo Segundo de los estatutos sociales por “Artículo Segundo: El objeto de la sociedad es: /a/ La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en bienes raíces nacionales no habitacionales, y la administración de dichos bienes y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; /b/ La construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; c) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos”. Demás acuerdos constan en la escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 13 de mayo de 2019.