CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA SAN JOSÉ DE PAINE SpA

RUT 7011056-3 CVE 1591365
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de mayo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de mayo de 2019
Repertorio
3310/2019
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
40º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la prestación y venta de servicios y asesorías vinculados al desarrollo inmobiliario y asesorías en general; b) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden; y f) la formación o integración a todo tipo de sociedades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Suplente de la 40º Notaría Santiago, Teatinos Nº332, Santiago Centro, certifico: Por Escritura Pública de fecha 09 de mayo de 2019, Repertorio Nº 3310/2019, ante mí, comparece, don JOSÉ ANDRÉS AMENÁBAR CHRISTENSEN CNI N° 7.011.056-3, acordó constituir sociedad por acciones, cuyo estatuto extracto. Razón social: “INMOBILIARIA SAN JOSÉ DE PAINE SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación y venta de servicios y asesorías vinculados al desarrollo inmobiliario y asesorías en general; b) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden; y f) la formación o integración a todo tipo de sociedades. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, suscrito y pagado en el acto, conforme al Art. Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de mayo de 2019.-