MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES TORRES & VILLANUEVA LIMITADA

RUT 77985060-9 CVE 1590846
Capital
$39.000 CLP
Fecha instrumento
16 de abril de 2019

Instrumento

Fecha
16 de abril de 2019
Repertorio
1065-2009
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Domicilio
Sexta de Concepción

Sociedad

Capital
$39.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
VILLANUEVA LIMITADA socio 77985060-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público de la Sexta de Concepción, oficio Colo Colo 304, certifico: Que por escritura pública fecha 16 abril 2019, Rep. 1574/2019, ante mi, JORGE ROBERTO TORRES TORRES, chileno, comerciante, casado y separado legalmente de bienes, C.I. 10.094.425-1, domiciliado Alonso de Ovalle número 196, Lomas de San Andrés, Concepción; BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, chilena, comerciante, casada y separada legalmente bienes, C.I. 9.865.167-5, domiciliada Alonso de Ovalle número 196, Lomas de San Andrés, Concepción; y BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA, chilena, ingeniero comercial, casada, C.I. 15.519.553- 3 , domiciliada calle B N° 1.223, Condominio Las Vertientes de la Merced, casa N° 5, Lomas de San Andrés, Concepción; modificaron sociedad TRANSPORTES TORRES & VILLANUEVA LIMITADA, RUT 77.985.060-9, Capital Inicial $50.000.000, el cual fue aumentado a $80.000.000 en virtud de modificación de sociedad fecha 30 Diciembre 2009; constituida escritura pública fecha 09 Febrero 2009, otorgada Notario Público Concepción Ramón García Carrasco, Repertorio N° 1.065-2009, extracto inscrito fojas 305 vuelta, N°311 Registro Comercio año 2009, Conservador Bienes Raíces Concepción, publicado Diario Oficial fecha 17 Febrero 2009. Socios acuerdan: A) AUMENTO DE CAPITAL: BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, aporta suma $39.000.000; y BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA, aporta suma $1.000.000. Aportes enterados caja social. B) MODIFICAN LA ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD: Administración, uso de la razón social y representación sociedad corresponderá en el futuro a los socios JORGE ROBERTO TORRES TORRES y BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS, quienes deberán actuar manera conjunta, y anteponer ambos su firma a razón social, en todos los actos relativos y ordinarios con las facultades que se indican pacto social y respectivas modificaciones. Atendida la modificación en la participación social, los aportes y participaciones quedan de la siguiente manera: don JORGE ROBERTO TORRES TORRES con un 45% de la participación social, doña BLANCA ESTER VILLANUEVA SOLIS con un 45% de la participación social; y BARBARA ANDREA TORRES VILLANUEVA con un 10% por ciento participación social. Para lo futuro, las utilidades y pérdidas se distribuirán proporción de participación social que tiene cada socio. La sociedad así modificada asume solidariamente el pago de las obligaciones tributarias devengadas con antelación a esta fecha, conforme al artículo 69 del Código Tributario. En todo lo no modificado en el presente instrumento, queda vigente el estatuto social de la escritura constitutiva y sus modificaciones. Concepción, 13 mayo 2019.mjs