CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA ELEVA TRES LIMITADA

CVE 1591039
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de mayo de 2019

Instrumento

Fecha
3 de mayo de 2019
Repertorio
2708-2019

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Administración

socios acuerdan para realizar siguientes actos o contratos obligando sociedad INMOBILIARIA ELEVA TRES LIMITADA, deberán comparecer, forma conjunta, 3 cualquiera

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ALARCÓN RAMÍREZ, Notario Titular, Claro Solar 831, Certifica: Por Escritura Pública otorgada ante mí en fecha 03 de Mayo de 2019, anotada bajo el Repertorio Nº2708-2019, CLAUDIO RODRIGO AMAR URIBE; PAULINA ANDREA LÓPEZ KVAPIL; NELSON EDDIE ALBORNOZ BADILLA; NATHALIE ELIZABETH HERDENER BECKER; VICTOR ALEJANDRO AMAR URIBE; ANITA MARÍA CORTÉS RETAMAL; RODRIGO EDUARDO HERRERA HOYUELA; VARIA MARÍA AIDA DELLACASA MUÑOZ; MAURO OCTAVIO DELLACASA MUÑOZ; CAROLINA VALESKA VELOSO SEPULVEDA; todos domiciliados calle Lagos N° 431 Temuco. Comparecientes mayores de edad, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, como sigue: RAZÓN SOCIAL "INMOBILIARIA ELEVA TRES LIMITADA", nombre fantasía: "ELEVA TRES LIMITADA". Sin perjuicio utilizar ambos casos abreviatura "Ltda." en vez "LIMITADA". OBJETO SOCIEDAD: 1) La celebración de todos los actos y contratos cuyo objetivo sea la adquisición, compra, venta, uso, goce, disposición, comercialización, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, mantención, reparación, remodelación y transformación de edificios, viviendas sociales, obras viales, industriales, marítimas y civiles y, en general, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y la explotación de los mismos bajo cualquier forma, su arrendamiento o subarrendamiento a terceros; su administración u operación; 2) La localización, gestión, adecuación, readecuación e inversión en terrenos con capacidad de desarrollo de viviendas económicas, tanto horizontales como verticales; 3) La participación en forma individual o conjuntamente con otras sociedades u operadores para el desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios; de urbanización y de construcción de viviendas, así como la compra, venta, cesión, inversión, arrendamiento y subarrendamiento de los bienes muebles que sean necesarios para su acondicionamiento, equipamiento o guarnición; 4) El acondicionamiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes inmuebles, sea con fines comerciales, industriales, agrícolas, turísticos o habitaciones, quedando comprendidos en el giro todos los actos, contratos, adquisiciones de terrenos, bienes muebles, materiales y elementos encaminados; 5) Efectuar inversiones en todo tipo de valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures pagarés y, en general, cualquier tipo de instrumentos públicos o privados y títulos de inversión, en moneda nacional o extranjera y en sociedades de cualquier naturaleza, derechos en sociedades de todo tipo y demás bienes muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; 6) La prestación de servicios o asesorías profesionales en el área de gestión de negocios propios o de terceros; estudios y consultoría administrativa, inmobiliaria, comercial y financiera a personas naturales o jurídicas, en forma permanente u ocasional; la asesoría y asistencia en materias de proyectos inmobiliarios, finanzas, marketing, negocios, inversiones, comercio internacional, negociaciones comerciales; y, la asesoría empresarial en el ámbito administrativo e inmobiliarios; estudios de mercado; y, consultoría externa e interna en materias jurídicas, administrativas y financieras, relacionadas con el negocio inmobiliario; y, 7) En general, la celebración de los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objetivo social que directa o indirectamente se relacionen con el mismo o tiendan a su consecución. DOMICILIO ciudad TEMUCO, sin perjuicio agencias, representaciones y sucursales acuerde establecer otras ciudades país y/o extranjero. CAPITAL SOCIEDAD $50.000.000, socios dan, aportan y enteran siguiente forma: 1) Claudio Rodrigo Amar Uribe, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 2) Paulina Andrea López Kvapil, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 3) Nelson Eddie Albornoz Badilla, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 4) Nathalie Elizabeth Herdener Becker, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 5) VICTOR ALEJANDRO AMAR URIBE, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 6) Anita María Cortés Retamal, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 7) Rodrigo Eduardo Herrera Hoyuela, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 8) Varia María Aida Dellacasa Muñoz, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 9) Mauro Octavio Dellacasa Muñoz, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento; 10) Carolina Valeska Veloso Sepulveda, aporta $5.000.000, equivalentes 10% capital social, siguiente manera y forma: A) $1.000.000, este acto, contado y dinero efectivo, ingresando caja social, efectos legales; y, B) $4.000.000, aportará y enterará dinero efectivo, deberá ser ingresado caja social, plazo 18 meses, contados fecha celebración presente instrumento. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL INMOBILIARIA ELEVA TRES LIMITADA, corresponderá forma conjunta, dos cualquiera siguientes socios: Claudio Rodrigo Amar Uribe, Nelson Eddie Albornoz Badilla, Victor Alejandro Amar Uribe, Rodrigo Eduardo Herrera Hoyuela y/o Mauro Octavio Dellacasa Muñoz, ya individualizados comparecencia. Facultades escritura extractada; Limitación Poder Administración: socios acuerdan para realizar siguientes actos o contratos obligando sociedad INMOBILIARIA ELEVA TRES LIMITADA, deberán comparecer, forma conjunta, 3 cualquiera socios: Mauro Octavio Dellacasa Muñoz; o, Nelson Eddie Albornoz Badilla; o, Víctor Alejandro Amar Uribe; o, Rodrigo Eduardo Herrera Hoyuela; o, Claudio Rodrigo Amar Uribe, facultades descrita escritura extractada. DURACIÓN 15 años contar fecha presente escritura. Entenderá renovada forma tácita y automática, sucesiva e indefinidamente períodos iguales 2 años cada uno. RESPONSABILIDAD SOCIOS expresamente limitada participación y monto respectivos aportes. Las utilidades y eventuales pérdidas repartirán entre socios a prorrata respectivos aportes y/o participación; sin perjuicio provisiones respectivas, producto actividad y responsabilidades ejecución proyectos inmobiliarios.- Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 04 de Mayo del año 2019.