CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA KATAHUE SpA

RUT 16978823-5 CVE 1590780
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
10 de mayo de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2019
Repertorio
433-2019
Notario
FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley Nº20.192

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compra, la venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento, distribución, de toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles y)o bienes raíces, insumos y productos destinados a la construcción, tales como; metalúrgica, maestranza, montaje, mecánica, productos de tornería, albañilería, carpintería, madera, mueblería, climatización, moldaje, tabiquería, cubicaciones, hojalatería, instalación de productos como baldosas, cerámicas, porcelanatos, instalaciones sanitarias, mármol, granito, revestimientos, demarcación , pinturas , maquinaria, servicios complementarios, servicios generales, servicios de mantención, diseño y fabricación de productos destinados a la construcción , industria, el comercio y todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, ya sea de derecho privado o público, con o sin fines de lucro, manufacturas, servicios, y su importación y)o exportación, sea por sí misma o por cuenta de terceros, mediante comisiones, representaciones u otro sistema contractual; la producción, ensamble, comercialización y venta de aquellos productos y servicios que la sociedad determine; Compra, venta, fabricación, renta, comisión, consignación, exportación, importación, de todo tipo de materiales para la construcción. La participación en proyectos ya sea por cuenta propia o ajena de ingeniería, construcción y montaje, servicios en general, que tengan relación con el giro o no. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales que los accionistas acuerden

Administración

La administración de la sociedad se ejercerá por doña FERNANDA FRANCISCA MUÑOZ SANCHEZ, quien ejercerá la administración y representación de la sociedad, teniendo la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y quien anteponiendo su firma a la razón social obligará válidamente a la sociedad, pudiendo celebrar todo tipo de actos y contratos, en especial las enumeradas en la constitución que por esta vía se extracta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avda. José Miguel Carrera 5382, certifica: Por escritura pública repertorio N°433-2019, hoy ante mí: doña FERNANDA FRANCISCA MUÑUZ SANCHEZ, chilena, soltera, empresaria ,Rut:16.978.823-5 , domiciliada en calle Rancagua Nº3635 , Recoleta, constituye sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE : El nombre de la sociedad será “CONSTRUCTORA KATAHUE SPA”, DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION :Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será la compra, la venta, importación, exportación, comercialización, arrendamiento, distribución, de toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles y/o bienes raíces, insumos y productos destinados a la construcción, tales como; metalúrgica, maestranza, montaje, mecánica, productos de tornería, albañilería, carpintería, madera, mueblería, climatización, moldaje, tabiquería, cubicaciones, hojalatería, instalación de productos como baldosas, cerámicas, porcelanatos, instalaciones sanitarias, mármol, granito, revestimientos, demarcación , pinturas , maquinaria, servicios complementarios, servicios generales, servicios de mantención, diseño y fabricación de productos destinados a la construcción , industria, el comercio y todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, ya sea de derecho privado o público, con o sin fines de lucro, manufacturas, servicios, y su importación y/o exportación, sea por sí misma o por cuenta de terceros, mediante comisiones, representaciones u otro sistema contractual; la producción, ensamble, comercialización y venta de aquellos productos y servicios que la sociedad determine; Compra, venta, fabricación, renta, comisión, consignación, exportación, importación, de todo tipo de materiales para la construcción. La participación en proyectos ya sea por cuenta propia o ajena de ingeniería, construcción y montaje, servicios en general, que tengan relación con el giro o no. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales que los accionistas acuerden.. CAPITAL: $3.000.000 dividido en 3.000 acciones nominativas, y sin valor nominal, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado en el plazo de un año. APORTE: doña FERNANDA FRANCISCA MUÑOZ SANCHEZ, aporta la suma de tres millones de pesos, dividido en tres mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que suscribe y paga en el plazo de un año y que equivalen al cien por ciento de los derechos sociales. ADMINISTRACION: La administración de la sociedad se ejercerá por doña FERNANDA FRANCISCA MUÑOZ SANCHEZ, quien ejercerá la administración y representación de la sociedad, teniendo la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y quien anteponiendo su firma a la razón social obligará válidamente a la sociedad, pudiendo celebrar todo tipo de actos y contratos, en especial las enumeradas en la constitución que por esta vía se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 10 de mayo 2019.