MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Terramarina SpA

RUT 76418784-9 CVE 1590258
Fecha instrumento
10 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2019
Notario
JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales otros puntos país o extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 19.499

Objeto social

la inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures, derechos sociales, valores y efectos de comercio; el desarrollo de cualquier actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios; la participación en toda clase de proyectos de inversión, sociedades, comunidades, asociaciones, y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las actividades anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, Notario Público 10ª Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Local 2, piso 1 y 2, Suplente de la titular Valeria Ronchera Flores, CERTIFICO: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 10 de mayo de 2019, ante mí, Divergent SpA, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos doce mil cuatrocientos sesenta y uno guión ocho en su calidad de único accionista de TERRAMARINA SpA, /la Sociedad/, inscrita a fojas 93.908, número 57.357 del Registro de Comercio correspondiente al año 2014, viene en sanear la división de la Sociedad, de fecha 28 de diciembre de 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, /la División /, con oficio en calle Agustinas 1235, 2°piso de la comuna de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago pero no ha sido publicado a la fecha. En virtud de lo anterior y haciendo uso de la normativa prevista en la Ley 19.499, se sanea la misma en los términos señalados y en la que se acordó lo siguiente: 1) Dividir la Sociedad, subsistiendo ésta, la que continuará vigente y operando bajo el mismo nombre y constituyéndose con motivo de la división una nueva sociedad por acciones que se denominará “INVERSIONES DIVERGENT SpA”, que se regirá por las disposiciones que se señalan en la Cláusula Décima de la presente escritura de la cual extracto lo siguiente: NOMBRE: INVERSIONES DIVERGENT SpA; OBJETO: la inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures, derechos sociales, valores y efectos de comercio; el desarrollo de cualquier actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios; la participación en toda clase de proyectos de inversión, sociedades, comunidades, asociaciones, y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las actividades anteriores.- DURACION: Indefinida, contar esta fecha. DOMICILIO: Ciudad Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales otros puntos país o extranjero sin perjuicio domicilios especiales pueda fijar para actos y contratos determinados. 2) Como consecuencia de la división indicada en el numeral 1), reemplazar el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales de Terramarina SpA por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de novecientos cincuenta mil pesos, dividido en novecientas cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal. Se acuerda que las acciones cuyo valor no se encuentre íntegramente pagado, conservarán todos los derechos inherentes a ella, mientras se encuentre pendiente el plazo para su pago. La administración de la Sociedad podrá, bastando autorización escrita de parte de todos los accionistas de la Sociedad, aumentar el capital social con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad a los fines específicos que estime convenientes”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 10 de mayo de 2019.-