CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MEDICOS YESVANA SANCHEZ FAUNDEZ SPA

RUT 16840052-7 CVE 1590091
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de mayo de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de mayo de 2019
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31 Notaría Santiago Huérfanos 1055
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud; consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar; compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público titular 31 Notaría Santiago Huérfanos 1055, local 328, Santiago, certifico: Por escritura de fecha hoy, doña Yesvana Estefania Sánchez Faúndez, chilena, soltera, médico, cedula nacional de identidad 16.840.052-7, y don José Guillermo Sánchez Martínez, chileno, divorciado, vendedor, cédula nacional de identidad 7.475.141-5, ambos domiciliados en Cobquecura 620, Comuna de Recoleta, Region Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “SERVICIOS MEDICOS YESVANA SANCHEZ FAUNDEZ SpA”. Nombre de fantasía “YSF SpA”. Objeto: prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud; consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar; compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Para los efectos antes expuestos podrá realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en cualquier punto del país o extranjero. Administración y uso de razón social: corresponderá a la socia constituyente doña Yesvana Estefania Sánchez Faúndez. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, divididos en 1.000 acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social. Correspondiéndole al constituyente doña Yesvana Estefania Sánchez Faúndez, la cantidad de seiscientas acciones nominativas que representa el sesenta por ciento del capital social, suscritas y pagadas y a don José Guillermo Sánchez Martínez, la cantidad de cuatrocientas acciones nominativas que representa el cuarenta por ciento del capital social, suscritas y pagadas. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas fisicas de los títulos en donde consten las acciones. Cada una de las acciones asciende al valor de mil pesos.- Los socios declaran que la sociedad se regirá en todas sus operaciones comerciales, por el sistema de Renta Atribuida. Responsabilidad: limitada monto de aporte. Duración: indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Mayo de 2019.