MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AQUAGRO LIMITADA

RUT 76155310-0 CVE 1590099
Capital
$51.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de abril de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$51.000.000 CLP

Administración

La administración de la sociedad corresponderá a los socios Cristián Enrique Figueroa Vera, Francisco José, Pablo José, Catalina, Cristián, José Miguel y Cristóbal, todos de apellido Figueroa Arrau quienes deberán actuar en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada. ARTÍCULO QUINTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36 Notaría de Santiago, La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de 15 de abril de 2019, ante mí, Cristián Enrique Figueroa Vera; Catalina Figueroa Arrau; Cristián Figueroa Arrau; José Miguel Figueroa Arrau; Cristóbal Figueroa Arrau; Francisco José Figueroa Arrau; y, Pablo José Figueroa Arrau; todos domiciliados para estos efectos en calle Lo Fontecilla número doscientos uno, oficina novecientos treinta y uno, comuna de Las Condes, Santiago, únicos socios de “AQUAGRO LIMITADA”, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 26.754 N°19.918 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2004, acordaron modificar el pacto social de “Inversiones Figar Limitada”, como consecuencia de la donación de derechos sociales de Cristián Enrique Figueroa Vera a sus hijos, Catalina Figueroa Arrau, Cristián Figueroa Arrau, José Miguel Figueroa Arrau, Cristóbal Figueroa Arrau, Francisco José Figueroa Arrau y Pablo José Figueroa Arrau, en los porcentajes y forma indicada en la escritura extractada. Además, acordaron modificar la administración de la sociedad. Al efecto, sustituyeron el artículo cuarto y quinto permanente del pacto social, siendo materia de extracto los siguientes: ARTÍCULO CUARTO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponderá a los socios Cristián Enrique Figueroa Vera, Francisco José, Pablo José, Catalina, Cristián, José Miguel y Cristóbal, todos de apellido Figueroa Arrau quienes deberán actuar en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada. ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL: $51.000.000, aportado y pagado en la siguiente proporción: a) Cristián Enrique Figueroa Vera, $5.100.000, equivalentes al 10% del total del interés social, siendo además usufructuario vitalicio de un 42% del total del interés social; b) Francisco José Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad; c) Pablo José Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad; d) Catalina Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad; e) Cristián Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad; f) José Miguel Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad; y, g) Cristóbal Figueroa Arrau, $7.650.000, equivalentes al 15% del total del interés social, de los cuales mantiene un 8% en plena propiedad, y el restante 7% en nuda propiedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2019.