INSTITUTO DE ORTODONCIA VETA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2019
- Repertorio
- 2576
- Notario
- JOHN GALLARDO GÓMEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $7.248.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOHN GALLARDO GÓMEZ, Abogado, Notario Público Segunda Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernández Mora, con domicilio en La Serena, calle Cordovez 588, Local 108, Certifica: Por escritura pública de fecha 5 de Abril de 2019, Repertorio 2576, ante mí: Don VICTOR EDUARDO TAPIA ARAVENA, cédula de identidad N° 6.164.225-0 domiciliado en calle Regimiento Coquimbo número 944, La Serena; doña ADRIANA MARGARITA ARAVENA RODRIGUEZ, cédula de identidad N° 3.502.911-7 domiciliada en calle Regimiento Coquimbo número 944, La Serena y doña VAI-RANI TAPIA GUERRERO, cédula de identidad N° 16.791.976-6, domiciliada en Avenida Rodolfo Wagnknecht número mil trescientos cuarenta y ocho, La Serena, modificaron “INSTITUTO DE ORTODONCIA VETA LIMITADA, rut: 79.620.230-0 de capital inicial de $7.248.500, inscrita fojas veinticinco número diez del Registro de Comercio de La Serena a cargo del señor Conservador de Bienes Raíces de La Serena, del año 1986: Adriana Margarita Aravena Rodríguez, cede y transfiere a VAI-RANI TAPIA GUERRERO, quien acepta para si, cincuenta por ciento (50%) de todos y cada uno de sus derechos en la referida sociedad. El precio de la cesión es $45.000.000; En virtud de la cesión precedente la participación en la sociedad queda de la siguiente forma: en un ochenta y ocho por ciento para don Víctor Eduardo Tapia Aravena de los derechos sociales; en un seis por ciento para doña Adriana Margarita Aravena Rodríguez de los derechos sociales y en un seis por ciento para doña VAI-RANI TAPIA GUERRERO de los derechos sociales. Se reemplaza la cláusula sexta del estatuto social por la siguiente: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de su interés social, es decir, en un ochenta y ocho por ciento para don Víctor Eduardo Tapia Aravena, en un seis por ciento para doña Adriana Margarita Aravena Rodriguez de los derechos sociales y en un seis por ciento para doña VAI-RANI TAPIA GUERRERO de los derechos sociales. Los socios reiteran la limitación de responsabilidad indicada en la cláusula séptima de la escritura de constitución. Las modificaciones pactadas regirán a contar de la fecha del presente instrumento. Todas las estipulaciones de la sociedad que no se hayan modificado expresamente en este instrumento continúan plenamente vigentes. La Serena, 10 de Mayo de 2019.