SERVICIOS E INVERSIONES MDV LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de mayo de 2019
- Notario
- CESAR HUMBERTO ESPINONZA GUTIERREZ
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCESAR HUMBERTO ESPINONZA GUTIERREZ, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, y su territorio jurisdiccional, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, con oficio ubicado en calle Caupolicán Nº 355, de esta ciudad, certifica que por escritura pública de fecha 07 de Mayo de 2019, Rep. Nº 2250/2019, don FELIPE ANTONIO MICHELLOD HERRERA, chileno, cédula de identidad Nº 15.256.497-K, domiciliado en pasaje Los Bautistas Nº 133, villa Galilea, Los Ángeles; y don PEDRO MICHELI RODRIGO TRONCOSO SALAZAR, chileno, cédula de identidad Nº 13.144.926-7, domiciliado en Avenida Los Ángeles Nº 676, Los Ángeles; modificaron la sociedad denominada, “SERVICIOS E INVERSIONES MDV LIMITADA”, RUT Nº 76.203.379-8, en los siguientes términos: Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo QUINTO de la citada escritura constitutiva, el capital social inicial, asciende a la cantidad de $ 8.000.000, dicho capital social fue aportado por los socios, en el modo indicado en la escritura. Los acuerdan proceder a aumentar el capital social, de la cantidad de $ 8.000.000, a la cantidad de $ 20.000.000, y que el aumento de capital social, alcanza, en definitiva, a la suma única de $ 12.000.000, que se realiza en este acto, en dinero efectivo y en partes iguales, manteniéndose el porcentaje de participación que a cada uno de los socios les corresponde en el capital social; quedando, en consecuencia, el aumento de capital de la sociedad distribuido de la siguiente forma: a) socio don FELIPE ANTONIO MICHELLOD HERRERA, aporta la cantidad de seis millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del aumento de capital social y b) socio don PEDRO MICHELI RODRIGO TRONCOSO SALAZAR, aporta la cantidad de seis millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del aumento del capital social, lo anterior como resultado y consecuencia del aumento de capital indicado los socios mantienen su participación social en iguales términos y porcentajes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Los Ángeles, 09 de Mayo de 2019.-