RENTAS OLLAGUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2019
- Repertorio
- 5758/2019
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Domicilio
- Titular don COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Notario Público Suplente del Titular don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Cuarta Notaría de Santiago, Paseo Ahumada 341, 4º piso, certifico: Por escritura pública de fecha 18/04/2019, Repertorio 5.758/2019, ante Mi, VALENTÍN ARTURO MENÉNDEZ PAVEZ, en adelante también denominado “el cedente” y doña BERTA UBALDA PAVEZ PUGA, representada por don VALENTÍN ARTURO MENÉNDEZ PAVEZ, ambos en su calidad de únicos socios y en representación a su vez de INVERSIONES ALHUÉ LIMITADA, en adelante también denominada “el cesionario”, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Alhué n° 1507, comuna Las Condes, Región Metropolitana, pactaron lo siguiente: 1.- Don VALENTÍN ARTURO MENÉNDEZ PAVEZ E INVERSIONES ALHUÉ LIMITADA, son los únicos socios de la sociedad RENTAS OLLAGUE LIMITADA, en adelante también denominada “la Sociedad”, que se constituyó por escritura pública de fecha 25 septiembre de 1981, cuyo extracto se inscribió a fs 24.085 n° 19.372 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1998.- 2.- don VALENTÍN ARTURO MENÉNDEZ PAVEZ, por sí, vende, cede y transfiere a INVERSIONES ALHUÉ LIMITADA, la que debidamente representada, compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que le corresponden en la Sociedad, es decir, el 1 % de los derechos sociales. El precio de la cesión asciende a la suma de $600.000, que el cesionario paga en este acto, al contado y en dinero al cedente, quien declara recibirla a su más entera satisfacción. 3.- En virtud del contrato de cesión de derechos antes señalado, INVERSIONES ALHUÉ LIMITADA pasa a ser el único dueño de la totalidad de los derechos de la SOCIEDAD RENTAS OLLAGUE LIMITADA produciéndose la disolución de esta última, como consecuencia de su absorción por parte de INVERSIONES ALHUÉ LIMITADA, la que se hace cargo de todo el activo y pasivo de la Sociedad, constituyéndose, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, solidariamente responsable de los impuestos que por cualquier motivo o causa adeudara la Sociedad.. Demás estipulaciones en escritura extractada./rdm