INMOBILIARIA E INVERSIONES AMSTERDAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2019
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 5 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, y la administración de tales bienes y de las rentas que esta dé lugar, B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; C) En general, la realización de todos los actos y contratos que los socios acuerden. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a los señores ALEJANDRA SARITA KAMINETZKY PASMANIK, JORGE GREGORIO KAMINETZKY PASMANIK, RICARDO ANDRÉS KAMINETZKY PASMANIK, BENJAMÍN KAMINETZKY PASMANIK y PAULA SOFÍA KAMINETZKY PASMANIK, quienes actuando en conjunto y anteponiendo su firma a la razón social, gozará de amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, (I) ALEJANDRA SARITA KAMINETZKY PASMANIK, C.I. N° 15.642.958-9; (II) JORGE GREGORIO KAMINETZKY PASMANIK, C.I. N° 16.209.331-2; (III) RICARDO ANDRÉS KAMINETZKY PASMANIK, C.I. N° 17.409.117-K; (IV) BENJAMÍN KAMINETZKY PASMANIK, C.I. N° 19.081.578-1; y, (V) PAULA SOFÍA KAMINETZKY PASMANIK, C.I. N° 19.637 .984-3; todos domiciliados en calle Víctor Manuel N° 1560, Santiago, Región Metropolitana, acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: Nombre o razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES AMSTERDAM LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; su adquisición, enajenación, comercialización, por cuenta propia o ajena y en cualquier forma, y la administración de tales bienes y de las rentas que esta dé lugar, B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; C) En general, la realización de todos los actos y contratos que los socios acuerden. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado.- CAPITAL: $1.000.000.-, que los socios se obligan a aportar de la siguiente forma: a) ALEJANDRA SARITA KAMINETZKY PASMANIK, aporta $200.000.-, correspondiente al 20% del capital social, que enterará en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada; b) JORGE GREGORIO KAMINETZKY PASMANIK, aporta $200.000.-, correspondiente al 20% del capital social, que enterará en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada; c) RICARDO ANDRÉS KAMINETZKY PASMANIK, aporta $200.000.-, correspondiente al 20% del capital social, que enterará en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada; d) BENJAMÍN KAMINETZKY PASMANIK, aporta $200.000.-, correspondiente al 20% del capital social, que enterará en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada; y, e) PAULA SOFÍA KAMINETZKY PASMANIK, aporta $200.000.-, correspondiente al 20% del capital social, que enterará en el plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Los comparecientes declaran estar de acuerdo con los montos y porcentajes precedentemente indicados.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los señores ALEJANDRA SARITA KAMINETZKY PASMANIK, JORGE GREGORIO KAMINETZKY PASMANIK, RICARDO ANDRÉS KAMINETZKY PASMANIK, BENJAMÍN KAMINETZKY PASMANIK y PAULA SOFÍA KAMINETZKY PASMANIK, quienes actuando en conjunto y anteponiendo su firma a la razón social, gozará de amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 5 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 5 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 abril 2019. ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA. N.P.S.-