Importadora y Comercializadora Sotto Il Monte SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de mayo de 2019
- Repertorio
- 24853
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: i) Compra y venta, exportación, importación, intermediación, y transporte en vehículo propios o ajenos, distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación y en general de todo tipo de productos comerciales dentro del país; ii) Compra y venta, comercialización, importación, exportación, distribución de zapatos, zapatillas, sandalias, calcetas, calcetines, telas y cualquier otra clase de objetos destinados al calzado y al vestir, como a su vez, y en general, la realización de todas las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del giro comercial; iii) Compra y venta, exportación, importación, intermediación, y transporte en vehículo propios o ajenos, distribución de artículos de joyería y todo tipo de accesorios de belleza y decoración, y cualquier otra clase de objetos de prendas de vestir o destinados al vestir tanto para el hombre como para la mujer; iv) Compra y venta, comercialización, importación, exportación y distribución de computadoras e insumos, partes, piezas y periféricos, armado, configuración y venta de computadores, impresoras digitales u otras máquinas de impresión, equipos telefónicos análogos, de telefonía celular y cualquier otra clase de objetos electrónicos, como a su vez, y en general, la realización de todas las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del giro comercial de tecnologías de información; v) La importación, distribución, almacenamiento y comercialización de productos en general y en especial de todo tipo de bienes muebles en almacenes de venta especializados y no especializados, tales como, artículos deportivos, recreacionales o de esparcimiento, regalos, para el hogar, y otros de similar naturaleza; vi) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos y; vii) Cualquier otra negocio que acordaren los accionistas, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 6 de mayo de 2019, bajo repertorio Nº 24.853, ante mí, doña Magdalena Claro Guzmán y don Benjamín Noguera Balmaceda, ambos domiciliados en calle Sotto Il Monte Nº 1898, comuna de Vitacura, Santiago, constituyen sociedad por acciones. Razón social: Importadora y Comercializadora Sotto Il Monte SpA, pudiendo usar válidamente como nombre de fantasía para todos los efectos legales “Sotto Il Monte SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: i) Compra y venta, exportación, importación, intermediación, y transporte en vehículo propios o ajenos, distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación y en general de todo tipo de productos comerciales dentro del país; ii) Compra y venta, comercialización, importación, exportación, distribución de zapatos, zapatillas, sandalias, calcetas, calcetines, telas y cualquier otra clase de objetos destinados al calzado y al vestir, como a su vez, y en general, la realización de todas las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del giro comercial; iii) Compra y venta, exportación, importación, intermediación, y transporte en vehículo propios o ajenos, distribución de artículos de joyería y todo tipo de accesorios de belleza y decoración, y cualquier otra clase de objetos de prendas de vestir o destinados al vestir tanto para el hombre como para la mujer; iv) Compra y venta, comercialización, importación, exportación y distribución de computadoras e insumos, partes, piezas y periféricos, armado, configuración y venta de computadores, impresoras digitales u otras máquinas de impresión, equipos telefónicos análogos, de telefonía celular y cualquier otra clase de objetos electrónicos, como a su vez, y en general, la realización de todas las actividades necesarias para el adecuado desarrollo del giro comercial de tecnologías de información; v) La importación, distribución, almacenamiento y comercialización de productos en general y en especial de todo tipo de bienes muebles en almacenes de venta especializados y no especializados, tales como, artículos deportivos, recreacionales o de esparcimiento, regalos, para el hogar, y otros de similar naturaleza; vi) Efectuar inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos y; vii) Cualquier otra negocio que acordaren los accionistas, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos necesarios para la realización de sus fines. Capital: $1.000.000 de pesos dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. Magdalena Claro Guzmán, suscribe y paga en dinero efectivo en el acto de constitución 90 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de $900.000. Benjamín Noguera Balmaceda, suscribe y paga en dinero efectivo en el acto de constitución 10 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, correspondientes a un total de $100.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2019.