CONSULTORA TRISKELE LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 14581
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 2 años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo, todo con una anticipación de, a lo menos, 3 meses, antes del fin del respectivo período.- Responsabilidad: la
Objeto social
La sociedad tendrá como objeto la consultoría, asesoría y prestación de servicios profesionales en el área de la Psicología; la docencia, la enseñanza y educación en esta área; la prestación de servicios de capacitación a terceros, seminarios, como asimismo, la ejecución de toda clase de actos y operaciones relacionadas con el
Administración
La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, don Rodrigo Alfonso Bassaletti Contreras, doña Patricia Alejandra González López y doña Stephanie Paz Oteíza Tello, con amplias facultades según escritura social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSE LIRA TEUBER, Notario Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con oficio en Bandera 341, of. 352, Santiago, certifica que por escritura pública, de fecha 24 de Abril del 2019, bajo el Repertorio Nº 14.581, ante el titular de este oficio, don Rodrigo Alfonso Bassaletti Contreras, domiciliado en Tegualda N° 1975, departamento 1006, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña Patricia Alejandra González López, domiciliada en Jorge Washington N° 482, departamento 401, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, y Stephanie Paz Oteíza Tello, domiciliada en Angamos N° 339, departamento 1506, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- Razón social: “CONSULTORA TRISKELE LIMITADA, nombre de fantasía “TRISKELE LTDA.”.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero.- Objeto social: La sociedad tendrá como objeto la consultoría, asesoría y prestación de servicios profesionales en el área de la Psicología; la docencia, la enseñanza y educación en esta área; la prestación de servicios de capacitación a terceros, seminarios, como asimismo, la ejecución de toda clase de actos y operaciones relacionadas con el objeto social.- Administración y uso de la razón social. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, don Rodrigo Alfonso Bassaletti Contreras, doña Patricia Alejandra González López y doña Stephanie Paz Oteíza Tello, con amplias facultades según escritura social.- Capital: $1.500.000- que los socios aportan en partes iguales, en la forma que a continuación se indica: a) don Rodrigo Alfonso Bassaletti Contreras aporta la suma de $500.000- en este acto, en dinero efectivo y que ingresa en la caja de la sociedad, equivalente a 1/3 del capital social; b) doña Patricia Alejandra González López aporta la suma de $500.000- en este acto, en dinero efectivo y que ingresa en la caja de la sociedad, equivalente a 1/3 del capital social, y c) doña Stephanie paz Oteíza Tello aporta la suma de $500.000- en este acto, en dinero efectivo y que ingresa en la caja de la sociedad, equivalente a 1/3 del capital social.- Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 2 años, renovables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo, todo con una anticipación de, a lo menos, 3 meses, antes del fin del respectivo período.- Responsabilidad: la responsabilidad de los socios queda limitada hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Abril del 2019. FRANCISCO LIRA TEUBER.