MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES VILLANUEVA Y COMPAÑIA LIMITADA

RUT 76024110-5 CVE 1588102
Capital
$12.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de abril de 2019
Notaría
Santiago de don Eduardo Avello Concha

Instrumento

Fecha
10 de abril de 2019
Notario
Margarita Moreno Zamorano
Oficio
27° Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha
Comuna
Santiago de don Eduardo Avello Concha

Sociedad

Capital
$12.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Margarita Moreno Zamorano, abogado, Notario Público Suplente de la 27° Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifica: por escritura de hoy ante mí, a) RAQUELINA DEL TRANSITO ORELLANA GONZALEZ, C.I. N° 6.041.487-4; b) JOSE LUIS VILLANUEVA ORELLANA, C.I. N° 13.294.823-2; y, c) ERIC MARCELO VILLANUEVA ORELLANA, C.I. N° 10.032.345-1, todos domiciliados en Pasaje Tres de Febrero número dos mil seiscientos siete, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana; modificaron la sociedad TRANSPORTES VILLANUEVA Y COMPAÑIA LIMITADA, inscrita a fojas 35.407 N° 26.839 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2003, en los siguientes términos: 1) Disminuir capital social de $12.000.000.- a $3.000.000.-, es decir se disminuirá en la suma de $9.000.000.- monto que corresponde a una devolución de capital que se efectúa a favor de los socios RAQUELINA DEL TRANSITO ORELLANA GONZALEZ, JOSE LUIS VILLANUEVA ORELLANA, ERIC MARCELO VILLANUEVA ORELLANA, en partes iguales, correspondiendo para cada uno, un monto de $3.000.000.-; 2) Los únicos socios, RAQUELINA DEL TRANSITO ORELLANA GONZALEZ, JOSE LUIS VILLANUEVA ORELLANA, ERIC MARCELO VILLANUEVA ORELLANA, de común acuerdo, convienen en sustituir el artículo sexto de los estatutos sociales, por el que se indica a continuación: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, que los socios han aportado por partes iguales y que a la fecha de la presente escritura se encuentran ingresados en arcas de la compañía. La sociedad se da por recibida de los antedichos aportes y otorga a los socios la cancelación respectiva.”. 3) Asimismo, los actuales y únicos socios acuerdan modificar la cláusula Quinta de los estatutos sociales de la sociedad que se refiere a la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, en el sentido de que deja de detentar dicha calidad doña RAQUELINA DEL TRANSITO ORELLANA GONZALEZ, recayendo por tanto la administración y uso de la razón social sólo en don JOSÉ DELFÍN VILLANUEVA LOYOLA, quien la representará con las más amplias facultades. 3) Producto del cambio en la administración de la sociedad, los actuales y únicos socios, de común acuerdo, convienen en sustituir el artículo Quinto de los estatutos sociales, con el objeto de reflejar la modificación señalada, por el que se indica a continuación: “QUINTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ DELFÍN VILLANUEVA LOYOLA quién anteponiendo la razón social y/o nombre de fantasía a su firma, representará y obligará a la sociedad con amplias facultades establecidas en escritura extractada”. En lo no modificado por la presente escritura, rige plenamente el estatuto social original y sus modificaciones, especialmente en lo que dice relación con la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de abril de 2019.