CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Transportes RJC SpA

RUT 12044316-K CVE 1588053
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de abril de 2019
Repertorio
1776-19
Notario
OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
Oficio
14º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales. Si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de a lo menos, 6 meses al término del período respectivo

Objeto social

Será el transporte de carga terrestre nacional e internacional en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, sea en vehículos propios o de terceros y cualquier actividad relacionado con lo anterior

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, Notario Público Titular de la 14º Notaria de Santiago, oficio calle Teatinos Nº449, 6to piso, Santiago, certifico. Por escritura pública de fecha 23-04-2019, bajo el Repertorio Nº1776-19, ante mí, JOSÉ LUIS ROJAS SANHUEZA, chileno, casado, contador auditor, cédula de identidad número 12.044.316-K, domiciliado en Avda Jorge Guerra Nº16736, comuna de Maipú, constituye sociedad por acciones. RAZON SOCIAL. “Transportes RJC SpA”. OBJETO. Será el transporte de carga terrestre nacional e internacional en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, sea en vehículos propios o de terceros y cualquier actividad relacionado con lo anterior. DOMICILIO. Santiago sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. DURACION. 5 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales. Si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y se notificará judicialmente en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil si procediere, a los demás socios, todo con una anticipación de a lo menos, 6 meses al término del período respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso que uno de los socios expresara su voluntad de no seguir adelante en la presente sociedad, esta podrá existir con un solo socio. CAPITAL. $1.000.000., dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas de la siguiente forma, el socio José Luis Rojas Sanhueza, suscribe 1000 acciones y paga en este acto la suma de $1.000.000., quedando el capital completamente enterado y suscrito en este acto. REPRESENTACION, ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL. Es conferida a José Luis Rojas Sanhueza, ejercida desde esta fecha, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de abril de 2019.