Instrumento
- Fecha
- 29 de abril de 2019
- Repertorio
- 2646-19
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de santiago
Administración
La administración de la Sociedad su representación y el uso de la razón social, corresponderá a doña Inés del Carmen Villalobos Troncoso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAUL UNDURRAGA LASO, Notario Titular 29 notaria de Santiago, con oficio en calle Mac Iver número doscientos veinticinco oficina trescientos dos, certifico : por Escritura Pública de fecha, 29 de abril del 2019, repertorio Nº 2646-19 otorgada ante mí, JOSE LUIS PINO VILLALOBOS, doña DANIELA CRISTINA CASTAÑEDA RAMIREZ, ambos domiciliados en Calle Toconao número mil cuatrocientos noventa y nueve, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; don LUIS ENRIQUE PINO CACERES,y doña INES DEL CARMEN VILLALOBOS TRONCOSO, ambos domiciliados en calle Toconao número mil cuatrocientos noventa, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vienen en éste acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “ONE VISION SPA”.- DOMICILIO: El domicilio será la ciudad de santiago, sin perjuicio de poder desarrollar su objeto en otros lugares del país o del extranjero.- DURACION La duración de la sociedad será indefinida, no obstante se termine con el fallecimiento de uno de los socios, no se dará por terminada la sociedad para los demás accionistas, no siendo heredables las acciones del fallecido. Las acciones del fallecido pasaran automáticamente al socio mayoritario.- OBJETO La sociedad tendrá por objeto A) Comercializar mediante compra, venta, comisión o en otras formas todo tipo de productos oftalmológicos, SERVICIOS DE ATENCION MEDICA EN GENERAL, ESPECIALIDADES MEDICAS, TECNOLOGIA MEDICA, OFTALMOLOGIA, CONTACTOLOGIA Y CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD RELACIONADA O NO QUE LOS SOCIOS ACUERDEN. C) Promover o realizar directamente o en asociación con terceros industria oftalmológica de cualquier naturaleza, incluyendo proveedora de marcos, cristales, instrumentos médicos, y todo lo relacionado a este rubro. Y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.- CAPITAL: $1.000.000 dividido en mil acciones sin valor nominal, que se suscribe en este acto y pagadas de la siguiente forma: A) don JOSE LUIS PINO VILLALOBOS, suscribe por este instrumento, trescientas cuarenta acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, equivalente al 34% del capital de la sociedad por la suma de trescientos cuarenta mil pesos, suma que se paga en este acto ingresando a la caja social; y (B) doña DANIELA CRISTINA CASTAÑEDA RAMIREZ, suscribe por este instrumento, trescientas veinte acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, equivalentes al 32% del capital de la sociedad, por la suma de trescientos veinte mil pesos, suma que se paga en este acto ingresando a la caja socia. (C) LUIS ENRIQUE PINO CACERES, suscribe por este instrumento, ciento setenta acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, equivalentes al 17% del capital de la sociedad, por la suma de ciento setenta mil pesos, suma que se paga en este acto ingresando a la caja social; (D) INES DEL CARMEN VILLALOBOS TRONCOSO, suscribe por este instrumento, ciento setenta acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, equivalentes al 17% del capital de la sociedad, por la suma de ciento setenta mil pesos, suma que se paga en este acto ingresando a la caja socia.- ADMINISTRACION: La administración de la Sociedad su representación y el uso de la razón social, corresponderá a doña Inés del Carmen Villalobos Troncoso. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 29 de Abril de 2019.