INMOBILIARIA LAGO RANCO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 23 de abril de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- 27 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica: con fecha 24 de abril de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA LAGO RANCO S.A., inscrita a fojas 51.095 Nº 31.724 del Registro de Comercio de Santiago del 2014 y enrolada en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº 76.389.376-6, llevada a cabo el día 23 de abril de 2019, ante mí y en mi oficio, oportunidad en la cual sus accionistas aprobaron, por unanimidad, siguientes modificaciones a los estatutos sociales: Uno) Actualización de capital. Teniendo en cuenta que, del capital comprometido en la escritura de constitución de la sociedad, otorgada con fecha 19 de junio de 2014 ante el Notario de Santiago don Hernán Cuadra Gazmuri que ascendía a la suma de $300.000.000, en definitiva, las accionistas sólo ingresaron las siguientes sumas a la caja social por concepto de pago de las acciones suscritas por éstas: a) Inversiones Cortina Limitada, la suma de $2.000.000; b) Asesorías e Inversiones Rodrigo Silva E.I.R.L., la suma de $2.000.000; c) Inversiones Enosca Limitada la suma de $2.000.000; las accionistas acordaron actualizar y modificar la cláusula Quinta y Primera Transitoria de los estatutos sociales de la sociedad INMOBILIARIA LAGO RANCO S.A., fijando el texto refundido de éstas en siguientes términos: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única y misma serie, que se suscriben y pagan íntegramente por los señores accionistas, en la forma y proporción señalada en el artículo primero transitorio.” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $6.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única y misma serie, se encuentra íntegramente suscrito y pagado al contado, en dinero en efectivo, por los señores los accionistas con anterioridad a este acto, en la siguiente proporción: a) Inversiones Cortina Limitada, 1.000 acciones, equivalentes a la suma de $2.000.000; b) Asesorías e Inversiones Rodrigo Silva E.I.R.L., 1.000 acciones, equivalentes a la suma de $2.000.000; c) Inversiones Enosca Limitada, 1.000 acciones, equivalentes a la suma de $2.000.000; Inmobiliaria Lago Ranco S.A. declara haber recibido a su entera satisfacción los aludidos aportes e ingresado tales fondos a la caja social.” Dos) Aumento de Capital. A continuación, los accionistas aprobaron aumentar el capital social desde la suma de $6.000.000, dividido en 3.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, a la cantidad de $480.000.000, dividido en 240.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única y misma serie, mediante la emisión de 237.000 nuevas acciones de pago. Los accionistas acordaron, además, suscribir íntegramente en ese mismo acto las nuevas acciones y se obligaron pagarlas dentro del plazo de tres años a contar de esa fecha. En atención a lo anterior, los accionistas acordaron sustituir los artículos quinto y primero transitorio del estatuto social, por los siguientes: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $480.000.000, dividido en 240.000 acciones, todas nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio. La responsabilidad de los accionistas estará limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de las mismas.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $480.000.000, dividido en 240.000 acciones, todas nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única y misma serie, se encuentra suscrito y pagado por los señores los accionistas en la siguiente proporción: a) Inversiones Cortina Limitada, suscribe un total de 80.000 acciones, equivalentes a la suma de $160.000.000, de las cuales ha pagado la cantidad de 1.000 acciones, con anterioridad a este acto y, el saldo lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de esta fecha. b) Asesorías e Inversiones Rodrigo Silva E.I.R.L., suscribe un total de 80.000 acciones, equivalentes a la suma de $160.000.000, de las cuales ha pagado la cantidad de 1.000 acciones, con anterioridad a este acto y, el saldo lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de esta fecha; c) Inversiones Enosca Limitada, suscribe un total de 80.000 acciones, equivalentes a la suma de $160.000.000, de las cuales ha pagado la cantidad de 1.000 acciones, con anterioridad a este acto y, el saldo lo pagará dentro del plazo de 3 años a contar de esta fecha”; Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de mayo de 2019. Margarita Moreno Zamorano. Notario Publico Interino.