SALEEM IMPORT EXPORT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2019
- Notario
- REXTRACTO RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
- Domicilio
- Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalREXTRACTO RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública 22/03/2019, otorgada ante Notario Titular, SOHAIL AHMAD; MUHAMMAD SALEEM; y, TAEYOUNG KIM, todos Avda. Francisco Bilbao 3717, depto. 411, Iquique, modifican sociedad SALEEM IMPORT EXPORT LIMITADA O SALEEM LTDA., constituida escritura pública 14/05/2018, otorgada Notario Público Iquique MONICA VENEGAS DE LA FUENTE, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita fjs. 706, Nº 481, Registro Comercio Iquique 2018 Conservador Iquique, debidamente publicada D.O. 42.064 24/05/2018, siguiente sentido: MUHAMMAD SALEEM, vende cede y transfiere 100% derechos sociales posee sociedad equivalen 90% haber total sociedad, a TAEYOUNG KIM. Consecuencia cesión social efectuada precedentemente, sale de la sociedad y se retira de ella dejando de ser socio de la misma MUHAMMAD SALEEM, quedando como únicos socios sociedad SALEEM IMPORT EXPORT LIMITADA O SALEEM LTDA., TAEYOUNG KIM, participación social equivalente 90% haber total sociedad; y SOHAIL AHMAD, participación social equivalente 10% haber total sociedad. Actuales socios modifican cláusula Tercera pacto social primitivo, en el sentido que se sustituye la actual razón social SALEEM IMPORT EXPORT LIMITADA y el nombre de fantasía SALEEM LTDA., por la siguiente: IMPORT EXPORT CH TRADING LIMITADA, que podrá actuar también, para todos los efectos legales, financieros y bancarios con el nombre de fantasía de CH TRADING LTDA. Actuales socios modifican cláusula Cuarta pacto social primitivo, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán y obligaran a la sociedad con las amplias facultades señaladas en la cláusula Cuarta pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas una a una. En todo lo no modificado presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 26 Abril 2019.-