MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercializadora Flor-Dacaya SpA

RUT 76902018-7 CVE 1587517
Fecha instrumento
28 de marzo de 2018
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2018
Comuna
Concepción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ HUMBERTO MIGUEL SALAZAR RIVERA, Abogado Notario Público interino de la Cuarta Notaría de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, ROBERTO SADID SOTO PÉREZ, empresario, cédula de identidad N°10.904.484-9; DARLING CAROLA SOTO FICA, médico cirujano, cédula de identidad N°17.570.387-K; CAMILA ANDREA SOTO FICA, odontóloga, cédula de identidad N°18.110.096-6; y YALDA AILIN SOTO FICA, estudiante universitaria, cédula de identidad N°18.807.461-8, todos domicilio Ejército 1635, Concepción, modificaron sociedad COMERCIALIZADORA FLOR-DACAYA SpA, constituida por escritura pública el 22 de marzo del 2018, ante Notario Público de Concepción Ernesto Valenzuela Norambuena, publicado en el Diario Oficial el 28 de marzo del año 2018 e inscrito a fojas 686, N°553 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2018. Modificación: Roberto Sadid Soto Pérez único accionista, se retira de la sociedad, vende el 100% de sus acciones a Darling Carola Soto Fica, Camila Andrea Soto Fica y a Yalda Ailin Soto Fica, quienes compran y aceptan para sí tales acciones de la siguiente manera y en la siguiente cantidad: Darling Carola Soto Fica, adquiere la cantidad de 3000 acciones; Camila Andrea Soto Fica, adquiere la cantidad de 1000 acciones; y Yalda Ailin Soto Fica, adquiere la cantidad de 1000 acciones, lo que hace la cantidad de 5000 acciones en total. El precio total de la venta es de $5.000.000, pagado al contado, siguiente forma: Darling Carola Soto Fica, paga $3.000.000; Camila Andrea Soto Fica, paga $1.000.000; y Yalda Ailin Soto Fica, paga $1.000.000. Se modifica la administración de la sociedad la que recaerá en forma exclusiva en Darling Carola Soto Fica, bajo la denominación de administrador. En lo no modificado rige pacto primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 25 de Abril de 2019.