CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES PALMERA PROPIEDADES SpA

CVE 1586857
Fecha instrumento
8 de marzo de 2019

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago

Objeto social

a) el desarrollo de negocios inmobiliarios, compra, venta, arrendamiento, administración, corretaje, loteo y urbanización de predios rústicos y urbanos, por cuenta propia o ajena, y, la realización de todos los negocios afines o relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden, b) Comprar y enajenar, a cualquier titulo, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general toda clase de títulos o valores o instrumentos de inversión del mercado de capitales, cualquier sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Administrar sociedades, prestar servicios de asesoría y gerenciales; e) Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social; f) todas las demás que acuerden los socios relacionadas con el giro social, tanto en el país como el exterior

Administración

Será administrada por los socios, quienes actuaran de manera indistinta, don JOSE ALEXIS FACUSSE ALVAREZ, doña MONICA ITALINA ELENA FERNANDEZ-DE LA REGUERA NARANJO, y doña MARLENE STELLA FACUSSE ALVAREZ, quienes tendrán el nombre de “administrador” o “Gerente” de la sociedad, y;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de marzo de 2019, ante mí, don JOSE ALEXIS FACUSSE ALVAREZ, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cincuenta y un mil novecientos tres guión siete; doña MONICA ITALINA ELENA FERNANDEZ-DE LA REGUERA NARANJO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos sesenta y un mil ciento veintisiete guión seis, y doña MARLENE STELLA FACUSSE ALVAREZ, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos diecisiete mil diecisiete guión K; todos domiciliados en Vicuña Mackenna número siete mil trescientos setenta y dos, La Florida, constituyeron sociedad por acciones: RAZON SOCIAL: INMOBILIARIA E INVERSIONES PALMERA PROPIEDADES SpA, y cuyo nombre de fantasía será "PALMERA PROPIEDADES SpA”, DOMICILIO: Ciudad de Santiago. OBJETO SOCIAL: a) el desarrollo de negocios inmobiliarios, compra, venta, arrendamiento, administración, corretaje, loteo y urbanización de predios rústicos y urbanos, por cuenta propia o ajena, y, la realización de todos los negocios afines o relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios acuerden, b) Comprar y enajenar, a cualquier titulo, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general toda clase de títulos o valores o instrumentos de inversión del mercado de capitales, cualquier sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; d) Administrar sociedades, prestar servicios de asesoría y gerenciales; e) Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social; f) todas las demás que acuerden los socios relacionadas con el giro social, tanto en el país como el exterior.- ADMINISTRACION: Será administrada por los socios, quienes actuaran de manera indistinta, don JOSE ALEXIS FACUSSE ALVAREZ, doña MONICA ITALINA ELENA FERNANDEZ-DE LA REGUERA NARANJO, y doña MARLENE STELLA FACUSSE ALVAREZ, quienes tendrán el nombre de “administrador” o “Gerente” de la sociedad, y; CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad, ascendente a seis millones de pesos, dividido en seis mil acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, se entera y se paga de la siguiente forma: Don JOSE ALEXIS FACUSSE ALVAREZ suscribe dos mil acciones, equivalentes a la suma de dos millones de pesos, que se enteran en este acto a caja social, al contado y en dinero efectivo. Doña MONICA ITALINA ELENA FERNANDEZ-DE LA REGUERA NARANJO, suscribe dos mil acciones, equivalentes a la suma de dos millones de pesos, que se enterará en este acto a caja social, al contado y en dinero efectivo. Doña MARLENE STELLA FACUSSE ALVAREZ suscribe dos mil acciones, equivalentes a la suma de dos millones de pesos, que enterará y pagará a la caja social dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura pública. DURACION; será Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel. 08 de marzo de 2019.- Jorge Reyes Bessone.