HERRERA Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2019
- Notario
- Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- - el domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 1 año a partir de la firma de la presente escritura, la que se renovará tacita y sucesivamente por periodos iguales de 1 año cada uno
Objeto social
- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios y asesorías por cuenta propia y ajena en todo tipo de actividades relacionadas con la ingeniería industrial y la construcción en todas sus áreas; b) Asesoría, investigación y gestión en materia de prevención de riesgos, higiene y seguridad; c) Restaurant, Bar, Fuente de Soda, cafetería, salón de té, heladería; Importación, venta, distribución y explotación nacional e internacional de cervezas, licores y vinos, café en grano o industrializado, té en hojas o industrializado, aguas minerales, gaseosas, y otras bebidas no alcohólicas, bebidas energéticas y máquinas expendedoras de alimentos de helados, jugos y otros; d) La explotación de jardines infantiles para la educación preescolar; Centros de estimulación temprana, After School, cuidado y resguardo de niños y niñas de forma transitoria, proporcionando entretención y)o recreación a los menores, y la administración por cuenta propia o ajena de dichos establecimientos
Administración
- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de manera exclusiva a la socia Doña Veronica Gertrudis Herrera Parada, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico por escritura fecha 30-04-2019, ante don Felipe Leiva Ilabaca, Suplente de éste oficio: Doña Veronica Gertrudis Herrera Parada, chilena, divorciada, ingeniera industrial, C.I.N° 14.300.173-3, domiciliada en calle Lo Encalada N° 1532, Dpto. 31 de la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y Doña Erna Guadalupe Parada Tapia, chilena, soltera, dueña de casa, C.I.N° 6.798.076-K, domiciliada en calle Adolfo Arriagada casa N° 2, de la comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, constituyeron sociedad responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón Social: La razón social será "HERRERA Y COMPAÑIA LIMITADA." y podrá usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, la expresión “OGRIV Y CÍA. LTDA.”, con la que se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra. Objeto.- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios y asesorías por cuenta propia y ajena en todo tipo de actividades relacionadas con la ingeniería industrial y la construcción en todas sus áreas; b) Asesoría, investigación y gestión en materia de prevención de riesgos, higiene y seguridad; c) Restaurant, Bar, Fuente de Soda, cafetería, salón de té, heladería; Importación, venta, distribución y explotación nacional e internacional de cervezas, licores y vinos, café en grano o industrializado, té en hojas o industrializado, aguas minerales, gaseosas, y otras bebidas no alcohólicas, bebidas energéticas y máquinas expendedoras de alimentos de helados, jugos y otros; d) La explotación de jardines infantiles para la educación preescolar; Centros de estimulación temprana, After School, cuidado y resguardo de niños y niñas de forma transitoria, proporcionando entretención y/o recreación a los menores, y la administración por cuenta propia o ajena de dichos establecimientos. Domicilio.- el domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerden establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Capital: $1.000.000 que las socias aportan de la siguiente manera: a) Doña Veronica Gertrudis Herrera Parada, aporta, ingresando en este acto a la caja social, la suma de $900.000, equivalentes a un 90% del total de los derechos sociales, y b) Doña Erna Guadalupe Parada Tapia, aporta, ingresando en este acto a la caja social, la suma de $100.000, equivalentes a un 10% del total de los derechos sociales. Responsabilidad.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Administración de la sociedad y uso de la razón social.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de manera exclusiva a la socia Doña Veronica Gertrudis Herrera Parada, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. Duración: La duración de la sociedad será de 1 año a partir de la firma de la presente escritura, la que se renovará tacita y sucesivamente por periodos iguales de 1 año cada uno. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 06-05-2019.