MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercializadora Tradecos Chile SpA

RUT 77763300-7 CVE 1586383
Fecha instrumento
12 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2019
Notario
Patricio Raby Benavente
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Como consecuencia de lo anterior se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad relativos al objeto, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: (a) La exportación, importación, intermediación y comercialización de toda clase de productos alimenticios, agrícolas, agroindustriales e insumos en general, sea que se desarrollen directamente o por terceros; (b) La elaboración, industrialización, fabricación, fraccionamiento y conservación de frutas, legumbres y hortalizas, en especial de jugos o zumos de frutas u hortalizas, jugos concentrados y néctar de frutas; y (c) La realización de todo otro negocio que la sociedad acuerde”. En lo no modificado quedan vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 24 de Abril de 2019. Patricio Raby Benavente. Notario Público

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, calle Gertrudis Echenique número 30, oficina 44, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019, ante mí se redujo a escritura pública acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Comercializadora Tradecos Chile SpA, celebrada con fecha 9 de abril de 2019. Contando con la asistencia de la totalidad de sus accionistas, se acordó modificar los estatutos de la referida sociedad, ampliando su objeto. Como consecuencia de lo anterior se modifica el Artículo Cuarto de los estatutos de la sociedad relativos al objeto, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: (a) La exportación, importación, intermediación y comercialización de toda clase de productos alimenticios, agrícolas, agroindustriales e insumos en general, sea que se desarrollen directamente o por terceros; (b) La elaboración, industrialización, fabricación, fraccionamiento y conservación de frutas, legumbres y hortalizas, en especial de jugos o zumos de frutas u hortalizas, jugos concentrados y néctar de frutas; y (c) La realización de todo otro negocio que la sociedad acuerde”. En lo no modificado quedan vigentes las estipulaciones del pacto social. Santiago, 24 de Abril de 2019. Patricio Raby Benavente. Notario Público.