MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GUTIÉRREZ Y VEGA CLIMATIZACIÓN LIMITADA

RUT 76148804-K CVE 1586250
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de marzo de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2019
Repertorio
2892-2011
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CGT CLIMA LIMITADA socio 76148804-K

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 39949 del 2 de mayo de 2011

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas N° 1070, 2° Piso, CERTIFICA por escritura pública de fecha 29/03/2019 ante Suplente JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, doña YARA PATRICIA VEGA YÁÑEZ; don CÉSAR EUGENIO GUTIÉRREZ TAPIA, ambos domiciliados en calle Curacautín N° 361, comuna de Estación Central, Región Metropolitana; y don FRANK XAVIER CADILLO AGUILAR, domiciliado en pasaje Curaque N° 1493 E, comuna de La Florida, Región Metropolitana, modificaron sociedad GUTIÉRREZ Y VEGA CLIMATIZACIÓN LIMITADA, nombre fantasía CGT CLIMA LIMITADA, RUT 76.148.804-K, sociedad constituida por escritura pública de fecha 15 de abril de 2011, repertorio N° 2892-2011, ante Notario don Santiago Andrés Ruiz de la Fuente, Suplente de la Titular doña Nancy de la Fuente Hernández, extracto inscrito a fs. 21.589 N° 16.356 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador Bienes Raíces de Santiago, publicado en Diario Oficial N° 39.949 de fecha 02 de mayo de 2011. Sociedad no ha tenido modificaciones a la fecha. El capital social es de $2.000.000, totalmente pagado y enterado en la caja social. CESION DERECHOS: Doña YARA PATRICIA VEGA YÁÑEZ vende a don FRANK XAVIER CADILLO AGUILAR, totalidad de sus derechos equivalentes a 25% derechos sociales. Resultado cesión quedan únicos socios CÉSAR EUGENIO GUTIÉRREZ TAPIA, 75% capital social; y don FRANK XAVIER CADILLO AGUILAR, 25% capital social. MODIFICACIONES AL PACTO SOCIAL. PRIMERA MODIFICACIÓN: CLÁUSULA CUARTA. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá indistintamente a los socios don CÉSAR EUGENIO GUTIÉRREZ TAPIA y don FRANK XAVIER CADILLO AGUILAR, con amplias facultades señaladas en texto definitivo de cláusula CUARTO del pacto social. SEGUNDA MODIFICACIÓN: CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERO PACTO SOCIAL. Los socios acuerdan que la sociedad se disolverá en caso de fallecimiento de uno de los socios. En todo lo demás sigue vigente y sin modificaciones pacto social. Socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de abril del 2019.