Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2019
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula
Administración
Corresponderá a doña XIMENA MERINO BLANCO y a doña MARÍA JOSÉ MERINO BLANCO, separada e indistintamente, con amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 30/04/2019, Repertorio número 6.276/2019, ante mí, doña XIMENA MERINO BLANCO, C.I. Nº 7.411.861-5, y doña MARÍA JOSÉ MERINO BLANCO, C.I. Nº 9.705.377-4, ambas domiciliadas para estos efectos, en calle Camino El Alba Número 9.500, Edificio A, Oficina 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; viene en constituir una sociedad por acciones: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES XICO SpA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Promover, organizar y desarrollar toda clase de actividades económicas; b) Invertir en la formación de sociedades de cualquier orden jurídico, formar parte de las mismas e ingresar a otras ya constituidas, pudiendo incluso, ejercer la administración en cualquiera de ellas; c) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades; y, d) La ejecución de todos los actos y contratos que digan relación con lo expresado en la presente cláusula. CAPITAL: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma y única serie, sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: Uno) doña XIMENA MERINO BLANCO, suscribe la cantidad de 500 acciones, por un valor de $500.000, que corresponde al 50% del capital social. Dos) MARÍA JOSÉ MERINO BLANCO, suscribe la cantidad de 500 acciones, por un valor de $500.000, que corresponde al 50% del capital social. Todos los aportes se enteran, en este acto, en dinero efectivo en caja social. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña XIMENA MERINO BLANCO y a doña MARÍA JOSÉ MERINO BLANCO, separada e indistintamente, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 30 de Abril de 2019. nrs.