CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA VILLA DEL REAL LIMITADA

CVE 1585840
Fecha instrumento
12 de abril de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2019
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
esta ciudad

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Viña del Mar
Duración
cinco años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por medio de una declaración hecha por escritura pública y anotada al margen de la inscripción de sociedad con una anticipación de a lo menos sesenta días al vencimiento del período original o de la prórroga que estuviere en curso, según corresponda

Objeto social

a) La compraventa, arrendamiento, construcción y mantención de bienes inmuebles; b) En general, la inversión inmobiliaria, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces sean agrícolas o urbanos ya sea que consistan en la adquisición, administración u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena. c) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; d) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La inversión en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase de bienes, como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias, depósitos a plazo u otros valores mobiliarios a títulos de renta o inversiones y f) En general realizar cualquier clase de negocios o actos, que los socios acuerden sin limitación alguna, estén o no relacionados con los anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público de esta ciudad, con oficio en Calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco , piso tres, Viña del Mar, certifica: por escritura pública de fecha 12 de Abril de 2019, ante mí: Uno) Doña HAYBIZ DANA VILLARROEL CORTES, MILKO JAVIER VILLARROEL CORTES, ambos domiciliados para estos efectos en calle Schneider número mil seiscientos sesenta y ocho, departamento C, Recreo, Viña del Mar; CARLOS JULIO VILLARROEL CORTES, domiciliado en calle Cochrane número cuatrocientos cincuenta y nueve, departamento ciento cincuenta y dos, Viña del Mar; CARLA PAZ VILLARROEL SALINAS, domiciliada en Lo Pinto, Condominio Las Garzas Dos, parcela número ciento ochenta y siete, comuna de Colina; BASTIAN MATIAS VILLARROEL SALINAS, domiciliado en Lo Pinto, Condominio Las Garzas Dos, parcela número ciento ochenta y siete, comuna de Colina, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada bajo razón social "INMOBILIARIA VILLA DEL REAL LIMITADA", pudiendo usar nombre de fantasía "VILLA DEL REAL LTDA." La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a don CARLOS JULIO VILLARROEL CORTES y a doña HAYBIZ DANA VILLARROEL CORTES. OBJETO: a) La compraventa, arrendamiento, construcción y mantención de bienes inmuebles; b) En general, la inversión inmobiliaria, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces sean agrícolas o urbanos ya sea que consistan en la adquisición, administración u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces por cuenta propia o ajena. c) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; d) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La inversión en todo tipo de bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase de bienes, como acciones, bonos, pagarés, letras hipotecarias, depósitos a plazo u otros valores mobiliarios a títulos de renta o inversiones y f) En general realizar cualquier clase de negocios o actos, que los socios acuerden sin limitación alguna, estén o no relacionados con los anteriores. CAPITAL: El capital de la sociedad, será la suma de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS , que los socios enteran y enterarán de la siguiente manera: Uno) Doña HAYBIZ DANA VILLARROEL CORTES, aporta y entera en este acto, la cantidad de CINCO MILLONES DE PESOS, al contado y en dinero efectivo e ingresado en arcas sociales y además aportará su trabajo personal; Dos) Don CARLOS JULIO VILLARROEL CORTES, aporta y entera en este acto, la cantidad de CINCO MILLONES DE PESOS al contado y en dinero efectivo e ingresado en arcas sociales y además aportará su trabajo personal. Tres) Don MILKO JAVIER VILLARROEL CORTES, aporta y entera en este acto, la cantidad de CINCO MILLONES DE PESOS al contado y en dinero efectivo e ingresado en arcas sociales y además aportará su trabajo personal. Cuatro) Doña CARLA PAZ VILLARROEL SALINAS, la suma de CINCO MILONES DE PESOS, de los cuales entera en este acto la cantidad de DOS MILLONES DE PESOS y el saldo de TRES MILLONES DE PESOS se obliga a enterarlo en el plazo de un año a contar de esta fecha, debiendo además aportar su trabajo personal y Cinco) Don BASTIAN MATIAS VILLARROEL SALINAS, la suma de CINCO MILONES DE PESOS, de los cuales entera en este acto la cantidad de DOS MILLONES DE PESOS y el saldo de TRES MILLONES DE PESOS se obliga a enterarlo en el plazo de un año a contar de esta fecha, debiendo además aportar su trabajo personal. En consecuencia la participación de cada uno de los socios asciende a un veinte por ciento para cada uno de ellos. PLAZO: cinco años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por medio de una declaración hecha por escritura pública y anotada al margen de la inscripción de sociedad con una anticipación de a lo menos sesenta días al vencimiento del período original o de la prórroga que estuviere en curso, según corresponda. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 30 de abril de 2019.