CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EMPRENDIMIENTO HOTELERO SpA

CVE 1585842
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2019
Notario
PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros, y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional o extranjero, actual o futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y similares establecimientos propios o ajenos y otros; y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como el expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que los socios acuerden.- Capital y Acciones: $10.000.000, divididos en 1000 acciones sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la siguiente forma: Uno) INVERSIONES BIVE S.A., representada por don JOSE BENITO INZUNZA ESPINOZA, suscribe 250 acciones que entera y paga con la suma de $2.500.000, correspondientes al 25 % del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero efectivo; Dos) INVERSIONES JAIT SpA, representada por don JOSE ANTONIO INZUNZA TOLEDO, suscribe 250 acciones que entera y paga con la suma de $2.500.000, correspondientes al 25 % del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero efectivo; Tres) INVERSIONES AIJO SpA, representada por don MARCELO ALEJANDRO INZUNZA GONZALEZ, suscribe 500 acciones que entera y paga con la suma de $5.000.000, correspondientes al 50% del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo. En consecuencia el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado por los accionistas en este acto. La Administración, Representación y

Administración

Los accionistas designan como Gerente General a don CRISTIAN ANDRÉS INZUNZA GONZALEZ, que representará a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo séptimo del este estatuto constitutivo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ALBERTO GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna, en calle Teatinos N°333, entrepiso, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 12 de abril del año 2019, otorgada ante mí, los comparecientes, don JOSE BENITO INZUNZA ESPINOZA, en representación de INVERSIONES BIVE S.A; don JOSE ANTONIO INZUNZA TOLEDO, en representación de INVERSIONES JAIT SpA y don don MARCELO ALEJANDRO INZUNZA GONZALEZ, en representación de INVERSIONES AIJO SpA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Matucana N°40, comuna de Estación Central, ciudad de Santiago, Región metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre o Razón Social: Será “EMPRENDIMIENTO HOTELERO SpA” nombre de fantasía de “BLACK CAT”. Duración: Será indefinida. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que se establecieren en cualquier punto del país o del extranjero.- Objeto Social: El objeto de la sociedad será: a) La construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros, y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional o extranjero, actual o futuro, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; b) la explotación turística de centros de recreación, hoteles, moteles, restaurantes, bares y similares establecimientos propios o ajenos y otros; y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades, tal como el expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y toda otra actividad conexa o relacionada que los socios acuerden.- Capital y Acciones: $10.000.000, divididos en 1000 acciones sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la siguiente forma: Uno) INVERSIONES BIVE S.A., representada por don JOSE BENITO INZUNZA ESPINOZA, suscribe 250 acciones que entera y paga con la suma de $2.500.000, correspondientes al 25 % del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero efectivo; Dos) INVERSIONES JAIT SpA, representada por don JOSE ANTONIO INZUNZA TOLEDO, suscribe 250 acciones que entera y paga con la suma de $2.500.000, correspondientes al 25 % del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero efectivo; Tres) INVERSIONES AIJO SpA, representada por don MARCELO ALEJANDRO INZUNZA GONZALEZ, suscribe 500 acciones que entera y paga con la suma de $5.000.000, correspondientes al 50% del capital accionario, que entera en este acto, de contado y en dinero en efectivo. En consecuencia el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado por los accionistas en este acto. La Administración, Representación y Uso de la Razón Social: Los accionistas designan como Gerente General a don CRISTIAN ANDRÉS INZUNZA GONZALEZ, que representará a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo séptimo del este estatuto constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada.