ELISEO EDUARDO VILLARROEL PONCE ELABORACIÓN L'ANTICA PIZZA ARTESANA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2019
- Notario
- GASTON ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de CONCEPCIÓN
- Duración
- La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO
- Ley aplicable
- Ley N° 19.857
Objeto social
El objeto social será: La elaboración, fabricación, producción, industrialización, envasado, compra, venta, importación, exportación, y distribución de toda clase de pizzas, empanadas, panes, masas dulces o saladas, productos de pastelería, galletería, repostería, dulcería y confitería; así como de materias primas para la industria panadera, pastelera y de masas en general; la instalación y explotación de establecimientos de panadería, pastelería, rotisería, minimarkets, almacenes, y otros afines destinados a la comercialización y distribución de toda clase de productos alimenticios, tales como, jugos, aceites, té, café, chocolate, bebidas analcohólicas y alcohólicas, productos cárneos, lácteos, frutícolas, agrícolas, del mar, cualquiera sea su procedencia, presentación o preparación; la instalación, administración y explotación en general, sea por cuenta propia o ajena, de establecimientos gastronómicos, sean éstos, restaurantes, cafés, salones de té, bares, pubs, centros de eventos, casinos, cocinerías, carros o vehículos donde se preparen alimentos o comidas y cualquiera otra clase de establecimientos en donde se vendan o sirvan alimentos, comidas preparadas y bebidas de toda clase, para ser consumidas en el mismo local, para llevar o entregar; la organización, producción y prestación de los servicios de banquetería, sea en locales propios o ajenos; la producción, montaje y realización de toda clase de eventos y espectáculos sean artísticos, musicales, culturales, deportivos, publicitarios, así como también, de reuniones, conferencias, simposios, o cualquier otro evento social sin limitación alguna, sean en locales propios o ajenos; la compra y venta de toda clase de bienes mueble o inmuebles; y cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con los objetos anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, con oficio en esta ciudad Avenida Jorge Alessandri N° 3177 Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública 2 de mayo de 2019, ante mí, don ELISEO EDUARDO VILLARROEL PONCE; doña DAISY VERÓNICA PONCE VILLARROEL, y don ELISEO IGNACIO VILLARROEL GONZÁLEZ, todos domiciliados en Concepción, calle Ongolmo N° 585 B; exponen: ANTECEDENTES: UNO.- Por escritura pública 14 de agosto 2008, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Gastón Álvaro Aranis Quiroz, suplente del titular don Juan Espinosa Bancalari, cuyo extracto se inscribió a fojas 1485 N° 1480 del Registro de Comercio de Concepción, año 2008, y se publicó en el responsabilidad limitada denominada “ELISEO EDUARDO VILLARROEL PONCE ELABORACIÓN L’ANTICA PIZZA ARTESANA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “ELABORACIÓN L’ANTICA PIZZA ARTESANA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, RUT. N° 76.034.064-2. La empresa individual de responsabilidad limitada, fue saneada por escritura pública de 14 de septiembre año 2010, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don José Gerardo Bambach Echazarreta, cuyo extracto se inscribió a fojas 1787 N° 1517 del Registro de Comercio de Concepción, año 2010, y se publicó en el Diario Oficial de 24 de septiembre del mismo año.- DOS.- Cesión de derechos.- Por este acto don ELISEO EDUARDO VILLARROEL PONCE, vende, cede y transfiere a doña DAISY VERÓNICA PONCE VILLARROEL y a don ELISEO IGNACIO VILLARROEL GONZÁLEZ, quienes compran, aceptan y adquieren para sí y por iguales partes, el 60% por ciento de los derechos que este posee en la empresa individual de responsabilidad limitada, antes citada. TRES.- Transformación social.- Por el presente instrumento, y como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, don Eliseo Eduardo Villarroel Ponce, doña Daisy Verónica Ponce Villarroel y don Eliseo Ignacio Villarroel González, como los únicos socios, y conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso segundo de la Ley N° 19.857, vienen en transformar la empresa individual de responsabilidad limitada “ELISEO EDUARDO VILLARROEL PONCE ELABORACIÓN L’ANTICA PIZZA ARTESANA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de acuerdo a las siguientes estipulaciones.- RAZÓN SOCIAL: La razón social será “VILLARROEL Y PONCE LIMITADA”, pudiendo actuar o funcionar, con el nombre de fantasía de “L’ANTICA PIZZA ARTESANA LIMITADA”, pudiendo sustituir en el nombre social o de fantasía la palabra Limitada por su abreviatura Ltda..- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna de CONCEPCIÓN, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional.- OBJETO: El objeto social será: La elaboración, fabricación, producción, industrialización, envasado, compra, venta, importación, exportación, y distribución de toda clase de pizzas, empanadas, panes, masas dulces o saladas, productos de pastelería, galletería, repostería, dulcería y confitería; así como de materias primas para la industria panadera, pastelera y de masas en general; la instalación y explotación de establecimientos de panadería, pastelería, rotisería, minimarkets, almacenes, y otros afines destinados a la comercialización y distribución de toda clase de productos alimenticios, tales como, jugos, aceites, té, café, chocolate, bebidas analcohólicas y alcohólicas, productos cárneos, lácteos, frutícolas, agrícolas, del mar, cualquiera sea su procedencia, presentación o preparación; la instalación, administración y explotación en general, sea por cuenta propia o ajena, de establecimientos gastronómicos, sean éstos, restaurantes, cafés, salones de té, bares, pubs, centros de eventos, casinos, cocinerías, carros o vehículos donde se preparen alimentos o comidas y cualquiera otra clase de establecimientos en donde se vendan o sirvan alimentos, comidas preparadas y bebidas de toda clase, para ser consumidas en el mismo local, para llevar o entregar; la organización, producción y prestación de los servicios de banquetería, sea en locales propios o ajenos; la producción, montaje y realización de toda clase de eventos y espectáculos sean artísticos, musicales, culturales, deportivos, publicitarios, así como también, de reuniones, conferencias, simposios, o cualquier otro evento social sin limitación alguna, sean en locales propios o ajenos; la compra y venta de toda clase de bienes mueble o inmuebles; y cualquier otro negocio que acordaren los socios relacionado con los objetos anteriores.- CAPITAL: $3.000.000.- que se aporta de la siguiente forma: a) el socio Eliseo Eduardo Villarroel Ponce, aporta $1.200.000.- equivalente al 40% del capital social, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social; b) la socia Daisy Verónica Ponce Villarroel, aporta $900.000.-, equivalente al 30% del capital social, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social; y c) el socio Eliseo Ignacio Villarroel González, aporta $900.000.-, equivalente al 30% del capital social, que entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social.- RESPONSABILIDAD SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- DURACIÓN: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, período que será prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos 6 meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio Eliseo Eduardo Villarroel Ponce, quien la ejercerá personalmente o por mandatario, con las facultades señaladas en escritura.- Se facultó para inscribir. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 3 de mayo de 2019.-