Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “EVALPRO SpA”
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con el giro inmobiliario, especialmente en la evaluación, desarrollo, planificación, coordinación y supervisión de todas las actuaciones necesarias para el desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus etapas; la realización de estudios, planos maestros, informes de especialidad y otras gestiones tendientes a otorgar las condiciones comerciales necesarias para su desarrollo y venta; asesoría en la ejecución y desarrollo de las obras de urbanización y de construcción del mismo, inspecciones técnicas de obra; asesoría y consultoría en la gestión financiera de proyectos Inmobiliarios, planificación y orientación de las actividades de marketing y asesoría en servicios de post-venta. b) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultorías a empresas, por sí, o a través de terceros relacionadas con el giro; c) La inversión de capital y fondos sociales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, bonos, debentures, acciones, cuotas de fondos mutuos, títulos de créditos y efectos de comercio en general, y en todo tipo de instrumentos financieros y mercantiles, pudiendo para tal efecto adquirirlos, enajenarlos, arrendarlos, importarlos, exportarlos y explotarlos a cualquier título y forma, por cuenta propia o ajena; y d) En general, la realización de todos los actos de comercio, contratos, convenciones y negocios relacionados directa o indirectamente con los rubros anteriores que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Titular 26ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de Abril de 2019, ante mí, Angel Delfín Molina Urrutia, domiciliado en calle Augusto Leguía Sur 79, oficina 411, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y Luis Augusto Orrego Saavedra, domiciliado en calle La Bolsa 64, oficina 222 -223, tercer piso, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Razón social: “ASESORIAS E INVERSIONES EVALPRO SpA”. Nombre de fantasía: “EVALPRO SpA”. Objeto: a) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con el giro inmobiliario, especialmente en la evaluación, desarrollo, planificación, coordinación y supervisión de todas las actuaciones necesarias para el desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus etapas; la realización de estudios, planos maestros, informes de especialidad y otras gestiones tendientes a otorgar las condiciones comerciales necesarias para su desarrollo y venta; asesoría en la ejecución y desarrollo de las obras de urbanización y de construcción del mismo, inspecciones técnicas de obra; asesoría y consultoría en la gestión financiera de proyectos Inmobiliarios, planificación y orientación de las actividades de marketing y asesoría en servicios de post-venta. b) La prestación de todo tipo de servicios, asesorías y consultorías a empresas, por sí, o a través de terceros relacionadas con el giro; c) La inversión de capital y fondos sociales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, bonos, debentures, acciones, cuotas de fondos mutuos, títulos de créditos y efectos de comercio en general, y en todo tipo de instrumentos financieros y mercantiles, pudiendo para tal efecto adquirirlos, enajenarlos, arrendarlos, importarlos, exportarlos y explotarlos a cualquier título y forma, por cuenta propia o ajena; y d) En general, la realización de todos los actos de comercio, contratos, convenciones y negocios relacionados directa o indirectamente con los rubros anteriores que los accionistas acuerden. Duración: indefinida. Capital: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y el que se pagará dentro del plazo máximo de 90 días a contar de esta fecha, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Mayo de 2019. HQM.