CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ORTIZ Y MIRANDA LIMITADA

CVE 1585204
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de abril de 2019
Notaría
San Antonio
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de abril de 2019
Notario
JENSON AARON KRIMAN NÚÑEZ
Oficio
Segunda Notaría de San Antonio
Comuna
San Antonio

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años contados desde esta fecha, prorrogables de forma indicada en escritura extractada

Objeto social

a) La prestación de servicios en materias inherentes a la seguridad privada; b) La prestación de servicios de asesorías y capacitaciones en seguridad, prevención de riesgos y emergencias; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) La prestación de servicios de aseo en general; e) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; f) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los

Administración

La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a doña MARIA JOSÉ MIRANDA GACITÚA, ya individualizada y la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JENSON AARON KRIMAN NÚÑEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Antonio, con Oficio en Avenida Lauro Barros número 96, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Abril de 2019, suscrita ante la Notario Público Suplente de este Oficio doña Javiera Paz Sabaj Venegas y bajo el Repertorio número 2112-2019, doña MARIA JOSÉ MIRANDA GACITÚA, domiciliada en Orlando Beiza Sagredo número mil cincuenta y seis, Altos de Miramar, Comuna de San Antonio, Región de Valparaíso y don JUAN CARLOS ORTIZ MIRANDA, domiciliado en Orlando Beiza Sagredo número mil cincuenta y seis, Altos de Miramar, Comuna de San Antonio, Región de Valparaíso: constituyen sociedad de responsabilidad limitada.- Razón social: ORTIZ Y MIRANDA LIMITADA, pudiendo en todo caso actuar ante cualquier persona incluso instituciones financieras bajo el nombre de fantasía “J.O.M. SEGURIDAD & SERVICIOS INTEGRALES LIMITADA”.- Objeto: a) La prestación de servicios en materias inherentes a la seguridad privada; b) La prestación de servicios de asesorías y capacitaciones en seguridad, prevención de riesgos y emergencias; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; d) La prestación de servicios de aseo en general; e) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; f) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a doña MARIA JOSÉ MIRANDA GACITÚA, ya individualizada y la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición. CAPITAL: $4.000.000, aportados de la siguiente forma: MARIA JOSÉ MIRANDA GACITÚA, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $500.000 pesos y quedan por enterar un $1.500.000 pesos, que enterará en cuotas, a más tardar dentro del plazo de veinticuatro meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, aporte del socio que es equivalente al 50% del capital social y don JUAN CARLOS ORTIZ MIRANDA, aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $500.000 pesos y quedan por enterar un $1.500.000 pesos, que enterará en cuotas, a más tardar dentro del plazo de veinticuatro meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, aporte del socio que es equivalente al 50% del capital social.-RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de los respectivos aportes. Duración: 5 años contados desde esta fecha, prorrogables de forma indicada en escritura extractada.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada. San Antonio, 05 de Mayo de 2019.