INNOVACION HIPERBARICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2019
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Domicilio
- Campos 377
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- 5 años contados desde fecha escritura, y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final de su vencimiento o respectivas prorrogas
Objeto social
a) La prestación de servicios relacionados con terapias con fines de salud y)o estéticos prestados por profesionales de la salud o afines, empresas y a través de dispositivos médicos; la compraventa y venta de equipos e instrumentos tecnológicos o análogos relacionados con la prestación de servicios de salud; la contratación de personal relativos a la salud o estética, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirecta con el giro comercial indicado y demás relacionados., b) La compra, venta, permuta, consignación, importación, exportación, leasing, arrendamiento subarrendamiento, administración, usufructo, producción, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y)o servicios, nacionales y extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, comercio y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo las franquicias de cualquier índole, c) Efectuar todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo acciones, bienes raíces, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de toda clase de rentas que deriven de las anteriores, d) Cualquier otro tipo de actividades, ya sea en la actualidad o en el futuro, que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, así también con todo lo indicado y cualquier otro acto afín que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, Campos 377, Rancagua, certifica: Por escritura otorgada ante Titular Ernesto Montoya Peredo, fecha 30 Abril 2019, SILVA Y MUNIZAGA LIMITADA, representada legalmente por LUIS IGNACIO SILVA WIEDMAIER, ambos domiciliados Camino San Francisco sin número, Sector Lo de Cuevas, Coltauco; e INNOVO SALUD LIMITADA, representada legalmente por MARCELA CAROLINA QUINTANILLA LILLO, ambos domiciliados Campos 117, Rancagua, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, RAZON SOCIAL: “INNOVACION HIPERBARICA LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “INNOBARIC LTDA.” OBJETO: a) La prestación de servicios relacionados con terapias con fines de salud y/o estéticos prestados por profesionales de la salud o afines, empresas y a través de dispositivos médicos; la compraventa y venta de equipos e instrumentos tecnológicos o análogos relacionados con la prestación de servicios de salud; la contratación de personal relativos a la salud o estética, y en general todas las actividades relacionadas directa o indirecta con el giro comercial indicado y demás relacionados., b) La compra, venta, permuta, consignación, importación, exportación, leasing, arrendamiento subarrendamiento, administración, usufructo, producción, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y/o servicios, nacionales y extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, comercio y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo las franquicias de cualquier índole, c) Efectuar todo tipo de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, incluyendo acciones, bienes raíces, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de toda clase de rentas que deriven de las anteriores, d) Cualquier otro tipo de actividades, ya sea en la actualidad o en el futuro, que se relacione directa o indirectamente con las anteriores, así también con todo lo indicado y cualquier otro acto afín que acordaren los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL, corresponderá a ambos socios, es decir, a SILVA Y MUNIZAGA LIMITADA e INNOVO SALUD LIMITADA, quienes por medio de sus representantes legales, de consuno o separados, anteponiendo sus firmas razón social, la obligarán y comprometerán sin limitación alguna en todos los actos y contratos que digan relación con el giro social. CAPITAL SOCIAL: $12.000.000, aportado siguiente manera: A.- SILVA Y MUNIZAGA LIMITADA $2.000.000 en este acto y en dinero en efectivo, ingresados a caja social; B.- INNOVO SALUD LIMITADA, $2.000.000 en este acto y en dinero en efectivo, ingresados a caja social. Capital restante será aportado de acuerdo a la vigencia de la sociedad según necesidades de la sociedad. DURACIÓN: 5 años contados desde fecha escritura, y se prorrogará, tácitamente, por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final de su vencimiento o respectivas prorrogas. DOMICILIO: Rancagua, sin perjuicio de agencia o sucursales en el país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 30 de a Abril de 2019.