ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA ASESORÍAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de abril de 2019
- Notario
- ABNER BERNABÉ POZA MATUS
- Domicilio
- Serrano N°191
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER BERNABÉ POZA MATUS, Notario Público, Serrano N°191, Iquique; Certifico: que por escritura pública de fecha veintiséis de abril del año 2019: Don ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, chileno, casado, Abogado, cédula nacional de identidad y rol único tributario número dieciséis millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos veintiséis guion K, y don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA, chileno, casado, Abogado, cédula nacional de identidad y rol único tributario número doce millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento treinta y cuatro guion siete; ambos domiciliados para estos efectos en calle Uribe número seiscientos treinta y seis oficina setecientos siete, Antofagasta; suscribieron la transformación y modificación de sociedad ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA ASESORÍAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Rut: 76.818.039-3, con capital social de $5.000.000, y expusieron: I) Modificación y venta de derechos: Por el presente instrumento don ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, dueño del cien por ciento de los derechos y acciones en la Empresa Individual individualizada de manera precedente, vende, cede y transfiere a don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA el cincuenta por ciento de sus mencionados derechos, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la venta es la suma de dos millones quinientos mil pesos, el cual el adquiriente paga en su totalidad en este acto, en dinero efectivo.- Las partes declaran que el precio ha quedado entregado a la autonomía de la voluntad y que ambas lo consideran justo.- Dada la venta de los derechos y obligaciones sociales referidas en el presente instrumento, don ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA, es dueño del cincuenta por ciento del capital social, equivalentes a la suma de dos millones quinientos mil pesos, y don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA, es dueño del cincuenta por ciento del capital social, equivalentes a la suma de dos millones quinientos mil pesos.- En razón de las ventas, cesiones de derechos y obligaciones estipuladas en el presente instrumento, los comparecientes vienen en otorgarse recíprocamente el más amplio y completo finiquito.- II) Transformación: Por lo anteriormente expuesto, don ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA y don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA, quienes en su conjunto reúnen la totalidad de los derechos de la empresa antes indicada, vienen en transformar la Empresa Individual de responsabilidad limitada en una Sociedad Por Acciones que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil.- La sociedad por acciones se denominará “CAMPOS Y URRUTIA ABOGADOS SpA.”, pudiendo usar como nombre de contracción, incluso ante bancos e instituciones públicas o privadas, el de “CAMPOS Y URRUTIA SpA” o “CYU SpA”.- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Antofagasta, Segunda Región, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero.- La duración de la sociedad es de cinco años renovable tacita y sucesivamente.- El objeto de la empresa será: I) Entregar asesoría Jurídica, legal, Tributaria y financiera, asumiendo la representación tanto Judicial como extrajudicial, por sí, o por medio de profesionales de su dependencia, de las personas naturales y jurídicas, de derecho público y privado, corporaciones, fundaciones, servicios públicos, y todo aquel que lo solicite, en litigios de toda clase, así como en gestiones de negocios, gestiones de cobro judiciales y extrajudiciales, negociaciones y demás actos relacionados. II) Entregar Asesoramiento especializado a personas naturales o jurídicas, corporaciones, fundaciones, sociedades, y todo tipo de empresas, por medio de profesionales de las Áreas de Derecho y Tributación y demás especialidades relacionadas, relativas a la constitución, puesta en marcha, desarrollo, y término de las actividades de toda clase de negocios, y la evaluación, creación, desarrollo e implementación de programas de mejoramiento de gestión empresarial, y en general la realización de todas las gestiones necesarias para el mejor desempeño de las empresas.- III) Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: La adquisición, enajenación, corretaje, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera sea su naturaleza o giro; la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; efectuar cualquier tipo de negocios en el área turística; en el área minera, podrá asesorar a la adquisición y venta de todo tipo de pertenecías mineras; gestionar y asesorar cualquier otro negocio o actividad relacionada con las anteriores, estén o no relacionado con el objeto principal. IV) Entregar asesoramiento y consultoría especializada tanto personal como empresarial en todos sus aspectos, capacitación y desarrollo ocupacional de personal ejecutivo, especializado, profesionales, técnicos, administrativos, además, la edición, elaboración, producción y comercialización de folletos, revistas, libros técnicos, material audiovisual y material didáctico de apoyo a las áreas relacionadas con el objetivo social, y en general ejecutar todo tipo de actos, negocios y contratos relacionados con el objeto social de asesoramiento y capacitación. V) En general todas las actividades relacionadas, que acuerden los socios.- Se mantiene el capital social de cinco millones de pesos, dividido en cincuenta acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se suscriben y enteran en la forma que se indica en los artículos transitorios de estos estatutos.- La administración y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don ROBERTO IGNACIO URRUTIA ARAYA y a don RODRIGO XAVIER CAMPOS OLIVA, quienes indistintamente actuando de manera separada o conjunta, se encontrarán facultados para actuar en nombre y representación de la sociedad, con expresas facultades de auto contratación, anteponiendo -a su firma- la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; con amplias facultades, en especial en la celebración de los actos o contratos que se enumerarán, los cuales tienen el carácter meramente enunciativos, no siendo necesario acreditar, ante a terceros, si ellos corresponden o no al giro social, ambos con las facultades que la misma escritura enumera.- Las utilidades se repartirán entre él o los accionistas en la forma que acuerde la Junta Ordinaria de Accionistas cada año, pudiendo destinarlas por completo o parcialmente a la formación de los fondos que decida.- En todo lo no modificado por la presente escritura, regirá en todas sus partes el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 26 de abril del año 2019.- DOY FE.