Inversiones Llancay SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2018
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.200.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular 8 Notaría Santiago, Catedral Nº 1009, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Roberto Correa Barros, ingeniero comercial; Macarena Cecilia De Lourdes Del Real Squella, profesora; Roberto Correa Del Real, ingeniero comercial; Agustín Correa Del Real, ingeniero comercial; Domingo Correa Del Real, ingeniero comercial; Macarena Del Carmen Correa Del Real, estudiante universitaria; y, Catalina Luisa Correa Del Real, estudiante, domiciliados en esta ciudad, Avenida Vitacura Nº 2909, oficina 317, comuna de Las Condes, todos en su calidad de únicos y actuales accionistas de Inversiones Llancay SpA, antes denominada Indigo Gestión Tres SpA, acordaron subsanar y sanear conforme Ley Nº 19.499, error contenido en el acta de la Junta de Accionistas de Indigo Gestión Tres SpA, celebrada el día 28 de noviembre del año 2018, en la que se acordó, entre otras materias, aumentar el capital social de la indicada sociedad. El acta de la referida junta de accionistas, fue reducida a escritura pública en la Décimo Octava Notaría de Santiago, a cargo de la Notario Público Interino doña María Loreto Zaldívar Grass, el día 28 de noviembre del año 2018, habiendo sido extracto de la misma inscrito a fojas 94.737, Nº 48.643, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, y publicado en la edición del Diario Oficial correspondiente al día 15 de diciembre del año 2018. Error contenido en el acta de la junta de accionistas, que también lo contienen la referida escritura pública y sus correspondientes extractos inscrito y publicado, consistió en considerar como capital societario desde el cual debía efectuarse el aumento del mismo, la suma de $2.200.000, siendo que debió considerarse un capital de $5.200.000. Error se subsana y sanea de la siguiente manera: Uno.- Dejar expresa constancia que el capital estatutario desde el cual se realizó el aumento de capital, fue la suma de $5.200.000. Dos.- Dejar expresa constancia que el aumento de capital de Indigo Gestión Tres SpA, hoy denominada Inversiones Llancay SpA, fue desde la suma de $5.200.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, divididas en dos series denominadas Serie A y Serie B, correspondiendo 400.000 acciones a la Serie A y 600.000 acciones a la Serie B, totalmente suscrito y pagado, a la suma de $505.600.000, dividido en 1.200.000 acciones nominativas, sin valor nominal, divididas en 2 series denominadas Serie A y Serie B, correspondiendo 600.000 acciones a la Serie A y 600.000 acciones a la Serie B. Lo anterior, mediante la emisión de 200.000 acciones de pago de la Serie A, en un precio unitario por acción no inferior a $2.502, y conjunto no inferior a $500.400.000, a suscribir y pagar, en una o más oportunidades, dentro del plazo de 72 meses contados desde el día 28 de noviembre del año 2018, debidamente reajustado de acuerdo a la variación de la unidad de fomento entre la señalada fecha y la del pago efectivo. Tres.- En consecuencia el capital social de Inversiones Llancay SpA, tras el aumento de capital, quedó en la suma de $505.600.000, dividido en 1.200.000 acciones nominativas, sin valor nominal, divididas en 2 series denominadas Serie A y Serie B, correspondiendo 600.000 acciones a la Serie A y 600.000 acciones a la Serie B. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 abril 2019. L I. Manquehual M. Notario Público.