COMERCIAL PUROLIVO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2010
- Repertorio
- 3409-19
- Comuna
- La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $41.430.620 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARTIN VASQUEZ CORDERO, Notario Titular de la Cuarta Notaría de La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8685, CERTIFICA: por escritura pública Repertorio N°3.409-19.- de fecha 10 de Abril del 2019, ante el Notario Suplente don EMILIO POMAR CARRASCO, comparecieron don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, C.I.N°6.450.553- K; y don RODRIGO ALEJANDRO TREGUEAR SMITH, Diseñador Gráfico, casado y separado totalmente de bienes, C.I.N°13.864.411-0, ambos domiciliados para estos efectos en calle Madame Bolland 519, comuna de La Cisterna, e INVERSIONES PLACER GOURMET SA, RUT. 76.697.442-2, representada por su gerente general JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES, Casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.I.N°6.957.685-0, ambas domiciliadas para estos efectos en calle MedinaCelli N°1502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, de paso en esta comuna, ambos comparecientes mayores de edad, modificaron la sociedad “COMERCIAL PUROLIVO LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 24 de Septiembre de 2010, otorgada ante el notario de Santiago Eduardo Avello Concha, domiciliado en Orrego Luco 0153, Providencia; cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio Fojas 53.020, Número 36949, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010; y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 09 de Octubre de 2010, en el ejemplar número 39781. MODIFICACIONES CONSISTEN: i) Que, con el objeto de pagar su aporte en la constitución de INVERSIONES PLACER GOURMET SA, por el presente instrumento don RODRIGO ALEJANDRO TREGUEAR SMITH, cede, y transfiere el 99% de sus derechos y acciones que equivalen al 39% de los derechos en el capital de la sociedad a INVERSIONES PLACER GOURMET SA, declarando su gerente General JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES, recibirlos a su entera satisfacción, obligándose a emitir el respectivo título accionario correspondiente en la sociedad que representa y que se valúan de común acuerdo en la suma de $16.158.000.- ii) Que, por el presente instrumento don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, cede, vende, y transfiere a INVERSIONES PLACER GOURMET SA, el 100% de sus derechos en la Sociedad que equivalen al 60% del capital social de sus derechos y acciones en el capital de la en la sociedad recién individualizada. El precio es la suma de $24.859.000, pagaderos en 24 cuotas iguales y sucesivas de $1.035.692, que venciendo la primera a la firma de la presente escritura este acto al contado, que el cedente que el cedente declara recibir a su entera satisfacción. Por su parte la cesionaria representada por su Gerente General JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES declara recibirlos a entera satisfacción para su representada. En mérito de las cesiones antes señaladas, se retira de la sociedad don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, y se acepta su retiro e ingreso por su consocio la incorporación de INVERSIONES PLACER GOURMET SA, quedando en definitiva como únicos socios don RODRIGO ALEJANDRO TREGUEAR SMITH, con un 1% del capital social; e INVERSIONES PLACER GOURMET SA, con un 99% del capital social otorgándose la cedente, los cesionarios y la sociedad, el más amplio, completo, mutuo y recíproco finiquito, declarando los comparecientes que nada se adeudan por concepto alguno y no quedando cuestiones pendientes por resolver. Conforme con lo anterior, los comparecientes INVERSIONES PLACER GOURMET SA y RODRIGO ALEJANDRO TREGUEAR SMITH; ya individualizados acuerdan que la administración y representación legal de la sociedad será ejercida exclusivamente por don RODRIGO ALEJANDRO TREGUEAR SMITH, con todas y cada una de las facultades establecidas en los estatutos sociales; No obstante lo anterior, la facultades del administrador y representante legal serán afectada por las siguientes limitaciones. Uno) Las cuentas corrientes que posea la sociedad deberán ser administradas en conjunto con doña JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES, tanto para el giro de cheques como a para la contratación de créditos, líneas de crédito para y todas las operaciones que impliquen operaciones de créditos para la Sociedad. Dos) Asimismo, el administrador y representante legal deberá contar con aprobación escrita de JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES no podrá enajenar total o parcialmente el activo fijo de la sociedad que supere el equivalente a 250 unidades de fomento. Las modificaciones contendidas en la presente escritura entran en vigencia a partir de esta fecha; y se mantienen plenamente vigentes todas las estipulaciones contenidas en el pacto social que no se haya modificado por la presente escritura. Se deja constancia que para los efectos del artículo sesenta y nueve del Código Tributario, y artículo diecisiete de la Ley de la Renta los valores que sirven de base para la determinación del precio de la presente cesión de derechos se basa en la última determinación de Renta Líquida Imponible y Capital Propio declarado en el formulario veintidós correspondiente a la Operación Renta Año Tributario dos mil dieciocho, el cual consigna un Capital Propio Tributario de $41.430.620.- La Personería de doña JEANNETTE LEONTINA SMITH PAREDES, para representar a INVERSIONES PLACER GOURMET SA, consta en el Artículo tercero transitorios de escritura de constitución de fecha 8 de Marzo de 2019 otorgada ante el Notario que autoriza. Demás estipulaciones, escritura extractada. La Cisterna 17 de Abril de 2019.- Martín Vásquez Cordero, Notario Titular.-