CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA E INVERSIONES NORTEBAHIA LIMITADA

RUT 6826858-3 CVE 1583407
Capital
$300.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de abril de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2019
Repertorio
951-2019
Notario
FRANCISCO NEHME CARPANETTI
Domicilio
Copiapó

Sociedad

Capital
$300.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Copiapó, en el territorio de competencia del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, Tercera Región de Atacama
Duración
5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 5 años cada uno.- Responsabilidad: La

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: realizar , por cuenta propia o de terceros, las siguientes actividades: a) realizar toda clase de negocios inmobiliarios y obtener sus utilidades; b) Construcción y reparación de inmuebles de cualquier clase; c) Movimiento de tierras; d) Arrendamiento de bienes inmuebles; e) arrendamiento de bienes muebles; f) compraventa de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, agrícolas o forestales y su arrendamiento, administración y explotación a cualquier título por cuenta propia o de terceros; g) adquirir y enajenar a cualquier título, parcelar, lotear, subdividir, urbanizar, construir, arrendar subarrendar, explotar y administrar todo tipo de bienes raíces; h) Efectuar inversiones en bienes raíces, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondo mutuos, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y mercantiles, participar en sociedades de personas, comunidades y asociaciones, percibiendo sus rentas o frutos; i) realizar toda clase inversiones rentables y productivas de cualquiera naturaleza, percibir y administrar sus frutos y rentas; j) Desarrollar por cuenta propia o encargo de terceros todo tipo de proyectos de ingeniería o arquitectura en todas sus especialidades; k) realizar corretaje de propiedades y cobrar comisiones por la venta o arrendamiento de bienes inmuebles pertenecientes a terceros; y l) Realizar cualquier otro negocio que los socios acuerden y que tengan relación con las actividades anteriores

Administración

La administración y representación legal de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los tres socios actuando del modo que seguidamente se dice. La representación legal de la sociedad la administración de la sociedad y el uso de la razón social, requerirán siempre de la actuación conjunta de don Pedro Alfonso Castillo Nara y uno cualquiera de los socios don Bruno Victorio Capelli Ghiglino o doña Rossana Patricia Cusso Ramelli quienes, anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán a la sociedad y la representará válidamente en todo tipo de actos, declaraciones, contratos y convenciones, pudiendo pactar las cláusulas que sean de la esencia, de la naturaleza y las puramente accidentales de todos y cada uno de los actos jurídicos que ejecuten, con las más amplias facultades, indicadas en cláusula Sexto escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público Titular de Copiapó, don con oficio calle O’Higgins Nº 744, Copiapó, certifica: Por escritura de fecha 25 de Abril de 2019, Repertorio Nº 951-2.019, otorgada ante mí, PEDRO ALFONSO CASTILLO NARA, chileno, casado, separado de bienes, empresario, CI N° 6.826.858-3, domiciliado en Copiapó O”Higgins 437; BRUNO VICTORIO CAPELLI GHIGLINO, chileno, casado, separado de bienes, ingeniero civil, CI N° 7.670.470-8, domiciliado en Santiago, calle Parnell N° 946, Comuna de Las Condes, de paso en ésta; y doña ROSSANA PATRICIA CUSSO RAMELLI, chilena, casada, separada de bienes, bióloga, CI N° 7.014.060-8, domiciliada en Santiago, calle Parnell 946, Comuna de Las Condes, y de paso en ésta; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA E INVERSIONES NORTEBAHIA LIMITADA”, nombre de fantasía “NORTEBAHIA LTDA.”.- Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: realizar , por cuenta propia o de terceros, las siguientes actividades: a) realizar toda clase de negocios inmobiliarios y obtener sus utilidades; b) Construcción y reparación de inmuebles de cualquier clase; c) Movimiento de tierras; d) Arrendamiento de bienes inmuebles; e) arrendamiento de bienes muebles; f) compraventa de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, agrícolas o forestales y su arrendamiento, administración y explotación a cualquier título por cuenta propia o de terceros; g) adquirir y enajenar a cualquier título, parcelar, lotear, subdividir, urbanizar, construir, arrendar subarrendar, explotar y administrar todo tipo de bienes raíces; h) Efectuar inversiones en bienes raíces, corporales e incorporales, acciones, bonos, debentures, cuotas de fondo mutuos, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y mercantiles, participar en sociedades de personas, comunidades y asociaciones, percibiendo sus rentas o frutos; i) realizar toda clase inversiones rentables y productivas de cualquiera naturaleza, percibir y administrar sus frutos y rentas; j) Desarrollar por cuenta propia o encargo de terceros todo tipo de proyectos de ingeniería o arquitectura en todas sus especialidades; k) realizar corretaje de propiedades y cobrar comisiones por la venta o arrendamiento de bienes inmuebles pertenecientes a terceros; y l) Realizar cualquier otro negocio que los socios acuerden y que tengan relación con las actividades anteriores.- Administración: La administración y representación legal de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los tres socios actuando del modo que seguidamente se dice. La representación legal de la sociedad la administración de la sociedad y el uso de la razón social, requerirán siempre de la actuación conjunta de don Pedro Alfonso Castillo Nara y uno cualquiera de los socios don Bruno Victorio Capelli Ghiglino o doña Rossana Patricia Cusso Ramelli quienes, anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán a la sociedad y la representará válidamente en todo tipo de actos, declaraciones, contratos y convenciones, pudiendo pactar las cláusulas que sean de la esencia, de la naturaleza y las puramente accidentales de todos y cada uno de los actos jurídicos que ejecuten, con las más amplias facultades, indicadas en cláusula Sexto escritura extractada.- Capital Social: $300.000.000.- que se aporta por los socios e ingresa en caja social, en la siguiente forma: a) Don Pedro Alfonso Castillo Nara aporta el bien inmueble ubicado en calle Arturo Prat N° 18, que corresponde al sitio N° 1 de la Manzana 31, Población Puerto de Caldera, Comuna de Caldera, Provincia de Copiapó, Región de Atacama, de una superficie de 337 metros cuadrados 82 decímetros cuadrados, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: Avenida Yuri Gagarin, 20 metros; ESTE: Sitio N° 2 y parte del Sitio N° 10, en 16 metros 50 centímetros; SUR: Sitio N° 11, en 20 metros 50 centímetros; y OESTE: Pasaje Prat, en 17 metros. La propiedad singularizada se encuentra inscrita a favor del aportante don Pedro Alfonso Castillo Nara a fojas 118 N° 72 año 2004; a fojas 347 N° 209 año 2009 y a fojas 1595 N° 601 año 2017, todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Caldera. Para la propiedad singularizada precedentemente, se encuentra proyectada la construcción de un edificio de tres pisos, de acuerdo a los antecedentes archivados en el expediente S.P.E. – 5.1.4/5.1.6 N° 741 de fecha 14 de Noviembre de 2018 de la Dirección de Obras Municipales de Caldera y al permiso de edificación N° 27 del 8 de Abril de 2019; proyecto y permiso de edificación que el constituyente don Pedro Alfonso Castillo Nara también aporta conjuntamente con la propiedad raíz a la cual acceden. El inmueble recién descrito y el proyecto de construcción de acuerdo a los antecedentes archivados en el expediente S.P.E. – 5.1.4/ 5.1.6 N° 741 de fecha 14 de Noviembre de 2018 de la Dirección de Obras Municipales de Caldera y el permiso de edificación N° 27 del 8 de Abril de 2019, son aportados en dominio a la sociedad constituida en este acto, avaluándose tanto el inmueble como el proyecto y permiso de edificación aportados, de común acuerdo entre los socios en la suma de $150.000.000.-, que, equivalen a un 50% del capital social. Se aclara que el permiso de edificación mencionado, además incluye la autorización de demolición de la vivienda existente en el terreno de acuerdo al permiso de demolición N° 04 otorgado por la dirección de Obras de Caldera el 8 de Abril de 2019, que también se incluye en el aporte. b) Don Bruno Victorio Capelli Ghiglino, aporta la suma de $75.000.000.- que entera en arcas sociales en este acto, en dinero efectivo, suma que equivale a un 25% del capital social y c) Doña Rossana Patricia Cusso Ramelli, aporta la suma de $75.000.000.- que entera en arcas sociales en este acto en dinero efectivo, suma que equivale a un 25% del capital social. Por lo tanto, queda enterado el Capital Social.- Duración: 5 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por periodos iguales, continuos y sucesivos de 5 años cada uno.- Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Copiapó, en el territorio de competencia del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, Tercera Región de Atacama, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. Copiapó, 25 de abril de 2019.