GLOBAL VISAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de marzo de 2019
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios Bernardo Javier Fernández Claussen y Ana Cristina Masías Guerra, de manera conjunta o mancomunada, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social constitutivo las que se tienen por reproducidas una a una.” Socios limitan su responsabilidad a monto de sus
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40916 del 25 de julio de 2014
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO MORALES, Notario Santiago, Las Condes, Av. Apoquindo Nº4943, certifico: Por escritura fecha 27/03/2019, ante mí, BERNARDO JAVIER FERNANDEZ CLAUSSEN, ANA CRISTINA MASIAS GUERRA, ambos Suecia 42, oficina 1204, Providencia y JOAQUIN EUGENIO FERNANDEZ CLAUSSEN, Bremen N°485, depto. 505, Ñuñoa, modificaron sociedad “GLOBAL VISAS LIMITADA”, Rut 76.388.621-2, constituida por escritura pública de 10/julio/2014, ante notario público Santiago Félix Jara Cadot, inscribiéndose en extracto en el Registro de Comercio de Santiago a fs. 51.712, N°32.048, del año 2014, publicándose el extracto en el Diario Oficial N° 40.916 de 25 de Julio de 2014. Modificación consiste: Bernardo Fernández Claussen vende a Ana Masías Guerra un 49% de su participación social en la suma de $490.000.- y Joaquín Fernández Claussen vende a Ana Masías Guerra su 1% de participación en la suma de $10.000.- ambas sumas recibidas conforme y a entera satisfacción por los cedentes retirándose el último cedente de la sociedad. Consecuencia cesiones de derechos efectuadas, quedan como actuales y únicos socios Bernardo Javier Fernández Claussen y Ana Cristina Masías Guerra, quedando cada uno con un 50% de participación en el capital social. Actuales socios vienen en introducir las siguientes modificaciones al estatuto social: Se amplía el objeto social establecido en la cláusula TERCERA: agregando el siguiente párrafo final: “Efectuar la compra y venta de accesorios para automóviles, motocicletas, bicicletas y rodados; artículos de línea blanca; artículos electrónicos; artículos para el hogar; ropa, vestuario y accesorios para guaguas; artículos de belleza; productos alimenticios, te, café e infusiones, sean por cuenta propia o de terceros y realizar todas las actividades mercantiles relacionadas con lo anterior.” Se modifica cláusula SEXTA por la siguiente: “SEXTA: ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios Bernardo Javier Fernández Claussen y Ana Cristina Masías Guerra, de manera conjunta o mancomunada, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social constitutivo las que se tienen por reproducidas una a una.” Socios limitan su responsabilidad a monto de sus aportes. En lo no modificado rige pacto social primitivo y modificaciones.Santiago, 16 de abril de 2019.-