MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL E IMPORTADORA VALPRIK LIMITADA

RUT 76533149-8 CVE 1583628
Capital
$19.000 CLP
Fecha instrumento
24 de abril de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
24 de abril de 2019
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$19.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley 18.046

Objeto social

. El objeto de la sociedad es: A) comprar o vender, recibir o dar en consignación o realizar negocios jurídicos a cualquier título, así como distribuir, agenciar y representar artículos, marcas nacionales o extranjeras, productos y servicios suministrador por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras o de cualquier manera comercializar o distribuir cualquier tipo de bienes para el consumo masivo y al detalle; B) para la expansión, modernización, adecuación y desarrollo de sus establecimientos de comercio y oficinas, la sociedad podrá realizar el diseño, implementación, planeación, desarrollo, construcción, ejecución y venta de proyectos inmobiliarios, comerciales o residenciales de todo tipo, destinados o no a sus establecimiento de comercio actuando en nombre propio o por intermedio de terceros para llevarlos a cabo; C) realizar todo tipo de negocios jurídicos sobre bienes inmuebles, muebles, corporales o incorporales propios o recibidos a cualquier título; D) prestar los servicios directamente o por intermedio de terceros de parqueadero, estacionamiento de vehículos particulares o públicos, instalaciones, remodelaciones, construcciones de obras civiles, alquiler y manejo de herramientas, maquinarias y equipos de cualquier naturaleza, transporte de mercancías; E) podrá desarrollar formatos de ventas en espacios cerrados o abierto al público, destinados a un público y clientes específicos; F) representar todo tipo de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras; G) realizar todo tipo de operaciones, actos y negocios jurídicos de cualquier naturaleza con personas naturales, jurídicas de carácter público, privado o mixto. Nacionales o extranjeras otorgando las garantías o avales que se requieran para los mismos; H) abrir establecimientos, sucursales, agencias dentro o fuera del territorio Chileno, participar con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público, privado o mixto en el territorio Chileno o en el exterior, en la construcción de cualquier tipo de persona jurídica o entidad que desarrolle actividades complementarias, similares, conexas, necesarias, o útiles, para el desarrollo del objeto social de la sociedad, o que sean de conveniencia general para todos los socios; I) de igual forma, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá comprar, vender, invertir en títulos valores, bonos y acciones emitidas por entidades públicas o privadas, cualquiera sea la naturaleza u objeto social de la entidad receptora de la inversión; girar, suscribir, endosar, adquirir, aceptar, cobrar, protestar, transferir, ceder, cancelar o pagar y disponer en cualquier forma letras de cambio, cheques, giros o cualquiera otro títulos valores o efectos de comercio, o aceptarlos en pago, y, de manera general, efectuar en cualquier parte, sea en su propio nombre, sea por cuenta de terceros o en participación con ellos, así como la de realizar cualquier actividad lícita de comercio, toda clase de operaciones civiles, comerciales e industriales que puedan favorecer o desarrollar sus actividades, o de las empresas que ella tenga interés y que en forma directa se relacionen con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, Por escritura pública de fecha 24 de abril de 2019, otorgada ante mí, RICARDO JOSÉ PÉREZ TORRES, C.I. N°14.140.690-6, y don RICARDO JILBERTO PÉREZ MIRANDA, C.I. N°3.832.896-4, ambos domiciliados en calle Juan Rojas Maldonado N°285, Puente Alto, Región Metropolitana, únicos accionistas de la sociedad “COMERCIAL E IMPORTADORA VALPRIK LIMITADA”, inscrita a fojas 2v número 42 correspondiente al Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, transformaron dicha sociedad a una Sociedad Anónima Cerrada que se regirá por la ley 18.046 y su Reglamento, y demás normas aplicables, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “COMERCIAL E IMPORTADORA VALPRIK S.A.”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: Indefinida. Objeto: . El objeto de la sociedad es: A) comprar o vender, recibir o dar en consignación o realizar negocios jurídicos a cualquier título, así como distribuir, agenciar y representar artículos, marcas nacionales o extranjeras, productos y servicios suministrador por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras o de cualquier manera comercializar o distribuir cualquier tipo de bienes para el consumo masivo y al detalle; B) para la expansión, modernización, adecuación y desarrollo de sus establecimientos de comercio y oficinas, la sociedad podrá realizar el diseño, implementación, planeación, desarrollo, construcción, ejecución y venta de proyectos inmobiliarios, comerciales o residenciales de todo tipo, destinados o no a sus establecimiento de comercio actuando en nombre propio o por intermedio de terceros para llevarlos a cabo; C) realizar todo tipo de negocios jurídicos sobre bienes inmuebles, muebles, corporales o incorporales propios o recibidos a cualquier título; D) prestar los servicios directamente o por intermedio de terceros de parqueadero, estacionamiento de vehículos particulares o públicos, instalaciones, remodelaciones, construcciones de obras civiles, alquiler y manejo de herramientas, maquinarias y equipos de cualquier naturaleza, transporte de mercancías; E) podrá desarrollar formatos de ventas en espacios cerrados o abierto al público, destinados a un público y clientes específicos; F) representar todo tipo de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras; G) realizar todo tipo de operaciones, actos y negocios jurídicos de cualquier naturaleza con personas naturales, jurídicas de carácter público, privado o mixto. Nacionales o extranjeras otorgando las garantías o avales que se requieran para los mismos; H) abrir establecimientos, sucursales, agencias dentro o fuera del territorio Chileno, participar con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público, privado o mixto en el territorio Chileno o en el exterior, en la construcción de cualquier tipo de persona jurídica o entidad que desarrolle actividades complementarias, similares, conexas, necesarias, o útiles, para el desarrollo del objeto social de la sociedad, o que sean de conveniencia general para todos los socios; I) de igual forma, para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá comprar, vender, invertir en títulos valores, bonos y acciones emitidas por entidades públicas o privadas, cualquiera sea la naturaleza u objeto social de la entidad receptora de la inversión; girar, suscribir, endosar, adquirir, aceptar, cobrar, protestar, transferir, ceder, cancelar o pagar y disponer en cualquier forma letras de cambio, cheques, giros o cualquiera otro títulos valores o efectos de comercio, o aceptarlos en pago, y, de manera general, efectuar en cualquier parte, sea en su propio nombre, sea por cuenta de terceros o en participación con ellos, así como la de realizar cualquier actividad lícita de comercio, toda clase de operaciones civiles, comerciales e industriales que puedan favorecer o desarrollar sus actividades, o de las empresas que ella tenga interés y que en forma directa se relacionen con el objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivadas, de la existencia y actividad de la sociedad. Capital: $19.000.000 divididos en 10.000 acciones nominativas de serie única, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó al portador para legalización.- Santiago, 26 de abril de 2019.-