MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Agrícola San Gaspar SpA

RUT 76579350-5 CVE 1583632
Fecha instrumento
3 de abril de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de abril de 2019
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
40 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

a) La explotación agrícola y)o ganadera y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; la administración adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; c) Celebrar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetos antes señalados, con el fin de cumplir con el objeto social, incluyendo la participación en cualquier forma en todo tipo de sociedades, o en cualquier tipo de asociación u organización destinada al desarrollo de negocios”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes y sin alteración los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 3 de abril de 2019; Ximena Lira Aspillaga en calidad de única accionista de AGRICOLA SAN GASPAR SpA, modifica estatutos sociales en el siguiente sentido: Modificar el artículo tercero, relativo al objeto social, mediante la incorporación de un nuevo objeto de inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, la administración adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes, de manera de adecuarlo a sus actividades económicas, sustituyendo el referido artículo tercero, por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La explotación agrícola y/o ganadera y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; la administración adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; c) Celebrar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetos antes señalados, con el fin de cumplir con el objeto social, incluyendo la participación en cualquier forma en todo tipo de sociedades, o en cualquier tipo de asociación u organización destinada al desarrollo de negocios”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes y sin alteración los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 3 de abril de 2019.