SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS EL ÁLAMO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de abril de 2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 12 de abril de 2019 ante mí: Don RICARDO MAURICIO URTUBIA VALENZUELA, chileno, casado, médico-cirujano, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta guion K, domiciliado General del Canto ciento doce, Departamento doscientos dos, Providencia, Santiago, constituyo una sociedad por acciones, la que se regirá por su estatuto, por las disposiciones del Código de Comercio y la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código Civil: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: El nombre de la sociedad será SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS “EL ÁLAMO” SpA. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto: La sociedad tendrá por objeto: prestar servicios, asesorías y asistencia técnica y profesional en materias económicas, comerciales, administrativas, financieras, educación y docencia, y en particular de la medicina, en todas sus formas y especialidades. Invertir en bienes, valores, negocios y empresas de cualquier especie, incluyendo la formación o participación en sociedades de cualquier especie y naturaleza. Comprar, vender, exportar, importar y adquirir, y enajenar, a cualquier titulo y comercializar, administrar y explotar de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, transportes en general, y toda clase de títulos de crédito, efectos de comercio, valores negociables, acciones, bonos y valores mobiliarios en general y efectuar cualquier otra lase de actividades profesionales y comerciales que los socios acuerden.- Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento concesión u otra forma de tenencia, toda de clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y en general efectuar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objetivo y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad.- CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de $500.000 pesos, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2019.