Instrumento
- Fecha
- 11 de abril de 2019
- Notario
- CARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL
- Domicilio
- Talca
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Talca
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la fabricación, elaboración, comercialización, distribución y expendio por cuenta propia y)o de terceros de bebidas alcohólicas, analcohólicas y alimentos para el consumo humano en general y la explotación de fuentes de soda, bares, discoteque, pubs y restaurantes; la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurant, discoteque, pub y bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos y cualquier otro negocio, giro o actividad relacionada con las mismas necesarias para llevar a cabo los objetos señalados
Administración
En todo caso la administración será ejercida por CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS, CNI Nº 12.078.314-9, y MANOJKUMAR TULSIKHIANI, CI Nº 14.664.667-0, quienes actuando de manera conjunta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o que el artículo 15º de los Estatutos les otorgan
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS | socio | 12078314-9 | — | — | |
| MANOJKUMAR TULSIKHIANI | socio | 14664667-0 | — | — | |
| En todo caso la administración será ejercida por CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS | socio | 12078314-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ANDRÉS ORTEGA ALUL, Notario Público Interino de Talca, oficio 1 Sur N°898, Talca, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: comparece: CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS, comerciante, CNI Nº 12.078.314-9, domiciliado en 1 Sur Nº 1.683, Talca, y MANOJKUMAR TULSIKHIANI, comerciante, CI Nº 14.664.667-0, domiciliado 5 oriente Nº 1.184, Depto. 4, Ed. Zaror, Talca, vienen en constituir una sociedad por acciones: Razón social: “NAMASTÉ SpA”.- Duración: Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será la fabricación, elaboración, comercialización, distribución y expendio por cuenta propia y/o de terceros de bebidas alcohólicas, analcohólicas y alimentos para el consumo humano en general y la explotación de fuentes de soda, bares, discoteque, pubs y restaurantes; la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurant, discoteque, pub y bar y centro de eventos, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos y cualquier otro negocio, giro o actividad relacionada con las mismas necesarias para llevar a cabo los objetos señalados.- Domicilio: Talca.- Capital: $4.000.000.-, dividido en 4.000.000 de acciones preferidas, nominativas, sin valor nominal, de igual valor, y divididas en 2 series de acciones: 2.000.000 de acciones Serie A, y 2.000.000 de acciones Serie B, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS,, suscribe 2.000.000 de acciones Serie A, equivalentes a la suma de $2.000.000.-, los cuales paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social; y b) MANOJKUMAR TULSIKHIANI, suscribe 2.000.000 de acciones Serie B, equivalentes a la suma de $2.000.000.-, los cuales paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social.- Administración: En todo caso la administración será ejercida por CARLOS PATRICIO OBRADOR LOBOS, CNI Nº 12.078.314-9, y MANOJKUMAR TULSIKHIANI, CI Nº 14.664.667-0, quienes actuando de manera conjunta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o que el artículo 15º de los Estatutos les otorgan.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 11 de Abril de 2019.