Instrumento
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la prestación de toda clase de servicios y asesorías y el desarrollo e implementación de proyectos en el área de la ingeniería y de la eficiencia energética. Asimismo podrá dedicarse a la inversión y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, incluyendo valores, sean de oferta pública o no y de bienes inmuebles
Administración
Corresponde a don AYOSE VEGA MORALES. Santiago, 16 abril de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subterráneo, Santiago, Suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, certifico: Por escritura esta fecha ante mí, don AYOSE VEGA MORALES, español, soltero, ingeniero civil, cédula de identidad de extranjería Número veinticuatro millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y siete guión siete, domiciliado en esta ciudad, Fernando de Argüello siete mil quinientos cinco, departamento seiscientos once, comuna de Vitacura, constituyó una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio y dictó su estatuto en acto de constitución, del que extracto lo siguiente: Nombre: “MAGEC SpA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “MAGEC INGENIERIA EFICIENTE SpA”. Objeto: la prestación de toda clase de servicios y asesorías y el desarrollo e implementación de proyectos en el área de la ingeniería y de la eficiencia energética. Asimismo podrá dedicarse a la inversión y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, incluyendo valores, sean de oferta pública o no y de bienes inmuebles. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Capital: un millón de pesos, dividido y representado por cien acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado hoy en dinero. El o los accionistas, en su caso, sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración sociedad y uso de la razón social: Corresponde a don AYOSE VEGA MORALES. Santiago, 16 abril de 2019.