Comercial Construalum Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de marzo de 2019
- Notario
- CLAUDIO ORTIZ CERDA
- Oficio
- Tercera Notaria de San Bernardo
- Comuna
- San
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ORTIZ CERDA, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de San Bernardo, con oficio calle O’Higgins 460, certifico: por escritura pública de fecha 20 de Marzo de 2019, ante mí, don ROBERTO ANTONIO FIGUEROA GARRIDO, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número 12.070.052-9; doña MARCELA CLAUDIA AZOCAR RODRIGUEZ, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad 12.828.840-6, y don FELIPE EDUARDO FIGUEROA AZOCAR, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad 18.747.806-5, todos domiciliados en calle Eyzaguirre N° 1.210, comuna de San Bernardo, sanearon por no haberse inscrito dentro de plazo, escritura de fecha 6 de Diciembre de 2018, en la que se modificó la sociedad comercial de responsabilidad limitada “COMERCIAL CONSTRUALUM LIMITADA” y/o “CONSTRUALUM LTDA”, la cual se constituyó por escritura pública otorgada el 9 de Enero de 2015 ante mí y que se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel del año 2015 en fojas 35 número 21, que fue modificada por escritura pública otorgada el día 26 de Febrero de 2016, igualmente ante mí, saneada por aquella otorgada el día 11 de Julio de 2016, igualmente ante mí, por no haberse publicado dentro de plazo, que se inscribió en fojas 190 vuelta N° 124 del año 2016 del Registro de Comercio del Co nservador de Bienes Raíces de San Miguel. En la escritura del día 6 de Diciembre de 2018 don FELIPE EDUARDO FIGUEROA AZOCAR, vendió, cedió y transfirió a doña MARCELA CLAUDIA AZOCAR RODRIGUEZ, quién compró y adquirió para sí, el total de los derechos que tiene en esta sociedad, que corresponden al diez por ciento del haber social y de que es dueño en la referida sociedad, en la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS, que se pagaron en ese acto y en dinero efectivo; por su parte, don ROBERTO ANTONIO FIGUEROA GARRIDO vendió, cedió y transfirió a doña MARCELA CLAUDIA AZOCAR RODRIGUEZ, quién compró y aceptó para sí, un veinticinco por ciento de los derechos que tiene en el haber social, quedando como consecuencia como únicos socios don ROBERTO ANTONIO FIGUEROA GARRIDO, con un porcentaje del sesenta por ciento del haber social y doña MARCELA CLAUDIA AZOCAR RODRIGUEZ con un porcentaje de derechos en la sociedad equivalente a un cuarenta por ciento del haber social.- Modificaron la cláusula CUARTA de la escritura social en el sentido que el domicilio de la Sociedad será la ciudad de San Bernardo, y la cláusula SEXTA de la misma escritura social en el sentido de dejar establecido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don ROBERTO ANTONIO FIGUEROA GARRIDO quien representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades y atribuciones contenidas en el pacto original, que se dan por reproducidas para todos los efectos legales, En lo no modificado mantienen las demás cláusulas del pacto original.- San Bernardo, 10 de Abril de 2019.