Inmobiliaria y Comercial KVA La Portada SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2019
- Repertorio
- 2378-2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas N°1.235, local 2, piso 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Con fecha 27 de marzo de 2019 se redujo a escritura pública, Repertorio N° 2378-2019, ante mí, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA Y COMERCIAL KVA LA PORTADA SpA celebrada ante mí con fecha 18 de marzo de 2019, con la asistencia de su único accionista, Génesis KVA SpA, en la cual se acordó: (a) Eliminar las series de acciones y ordenar el canje de las antiguas acciones seriadas, a acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal e iguales características, suprimiendo con ello cualquier preferencia o privilegio que pudiese haber sido otorgado a los accionistas titulares de alguna de las anteriores series, adecuándose el artículo quinto permanente; (b) aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $1.000.000.- representado, tras el canje ya mencionado, en 2.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $501.544.395.-, representado en 3.077 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. Lo anterior, por medio de la emisión de 1.077 nuevas acciones de pago de iguales características, que a la fecha se encuentran suscritas y pagadas. En virtud de lo anterior, se modificaron artículos quinto permanente y primero transitorio; (c) Modificar la forma de designación de los directores y los quorum de adopción de acuerdos, incorporando además suplentes. En virtud de lo anterior, se acordó adecuar los artículos Décimo y Décimo Quinto del Título Tercero permanente de los estatutos sociales; (d) Modificar el quórum para la adopción de acuerdos en juntas de accionistas, para lo cual fue necesario modificar el artículo vigésimo sexto permanente de los estatutos sociales; (e) Modificar el monto de distribución de dividendos anuales, para lo cual fue necesario modificar el artículo trigésimo de los estatutos sociales; y (f) Reformar estatutos sociales mediante la aprobación de un texto modificado, actualizado y sistematizado que refleje los acuerdos alcanzados. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó portador de extracto para legalización. Valeria Ronchera Flores, Notario Público, Santiago, 23 de abril de 2019.