Sociedad Ever Green Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2019
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría Concepción
- Comuna
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría Concepción, oficio Colo Colo 304, certifica: Que por escritura pública de fecha 29.03.2019, Rep. N° 1.306/2019, ante mí, MYRNA ISABEL FAUNDES VALENZUELA, domiciliada Francisco de Asís 97, cs 10, Lomas de San Sebastian, Concepción, NATALIA PAZ CONTRERAS SANDOVAL, con domicilio en Chacabuco 1.085, Oficina 703, Edificio Centro Sur, Concepción, y UTILITY INGENIERIA Y COMPAÑÍA LIMITADA, domiciliada en Chacabuco 1.085, Oficina 703, Edificio Centro Sur, Concepción, vienen en realizar MODIFICACION Y CESION DE DERECHOS DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SOCIEDAD EVER GREEN LIMITADA O “EVER GREEN”. RUT.N°76.513.955-4; en la que se acordó, por unanimidad de los presentes y representadas, modificar y realizar cesión de derechos del Artículo Tercero; Cuarto y Séptimo de escritura de fecha 06 de marzo de 2017, por los siguientes: “ARTÍCULO TERCERO: Por este acto se retira de la sociedad doña MYRNA ISABEL FAUNDES VALENZUELA, cedula de identidad N°8.053.699-2, quien vende, cede y transfiere la totalidad de las acciones correspondientes al 12,5%, que da derecho al 9,25% de las utilidades de la sociedad EVER GREEN LTDA. a doña NATALIA PAZ CONTRERAS SANDOVAL, cedula de identidad N°19.107.754-7, modificándose, a través de este instrumento; A) Doña NATALIA PAZ CONTRERAS SANDOVAL, quien compra y adquiere para sí en la suma de $2.500.000 pesos, equivalente a 12,5% de las acciones que dan derecho a un 9.25% de las utilidades que el cesionario pagará al cedente en un cheque al día nominativo, a nombre de MYRNA ISABEL FAUNDES VALENZUELA, al momento de la firma del presente documento; “ARTÍCULO CUARTO: En virtud de la presente modificación quedan a contar de esta fecha como únicos y actuales socios de la sociedad EVER GREEN LIMITADA.; a) SOCIEDAD UTILITY INGENIERIA Y COMPAÑÍA LIMITADA; b) doña ANGELA ANDREA BELMAR PEREZ y c) doña NATALIA PAZ CONTRERAS SANDOVAL; el primero de ellos con el 81.5% por ciento de los derechos y acciones de la compañía; la segunda con uno 9,25% de los derechos y acciones de la compañía; y la tercera con un 9,25% de los derechos y acciones de la compañía. Y “ARTICULO QUINTO”: Los actuales socios de la sociedad “SOCIEDAD EVER GREEN LIMITADA” vienen en modificar las cláusulas séptima de la escritura de modificación de sociedad de fecha seis de marzo de dos mil diecisiete, en la siguiente forma; Los actuales socios de la compañía acuerdan modificar la cláusula Séptima del pacto social indicado anteriormente, referente al plazo de “Vigencia” de la sociedad. En la cláusula que se modifica en este acto anteriormente se acordó que la vigencia de la sociedad sería de diez años contados desde la fecha de suscripción de esa escritura. A este respecto, los actuales socios acuerdan establecer un plazo “Indefinido” de vigencia de la sociedad contados desde la fecha de suscripción de la presente escritura. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Concepción, 22 de Abril de 2019.